;

Las propuestas de la DC a la nueva Constitución: piden revisar materias sobre pueblos indígenas y reelección de Presidente

"Hay materias que no quedaron bien resueltas y que requieren de modificación", señalaron desde el partido. Su timonel, Felipe Delpín, remarcó que "no queremos ponerle apellidos" al documento, en alusión al "aprobar para reformar".

Las propuestas de la DC a la nueva Constitución: piden revisar materias sobre pueblos indígenas y reelección de Presidente

Este lunes, la Democracia Cristiana -DC- presentó una serie de propuestas para integrar al texto de nueva Constitución, que se votará en el plebiscito de salida del 4 de septiembre.

Si bien la mayoría de la falange respalda el Apruebo y la propuesta de la Convención Constitucional, pese a las voces de la colectividad que han surgido en favor del Rechazo, desde el partido señalan que «hay materias que no quedaron bien resueltas y que requieren de modificación«.

El presidente de la DC, Felipe Delpín, afirmó que «sin lugar a dudas, esta Constitución nos hace mucha fuerza en todo lo que es los derechos sociales, contar con un Estado que protege al medioambiente, un Estado que se declara ser partidario, que busca la plurinacionalidad y la pluriculturalidad».

Pese a remarcar que «no queremos ponerle apellidos» a esta batería de propuestas, en alusión al «aprobar para reformar», sí llamó a que «después del 4 de septiembre, después del triunfo del Apruebo, podamos hacer correcciones a este texto«.

[dps_related_post ids=»5070954,5072499»]

Las propuestas de la DC a la nueva Constitución

Los puntos que la Democracia Cristiana presentó para una eventual corrección de la propuesta de Carta Magna son:

1. Reincorporar la iniciativa exclusiva del presidente(a) de la República en materia de gasto fiscal.

2. Regular el sistema electoral en la Constitución para evitar la excesiva proliferación de partidos pequeños y cambiar la nomenclatura de “organizaciones políticas” por “partidos políticos”.

3. No permitir la reelección del presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho período a 5 o 6 años.

4. Reincorporar el Estado de Excepción de Emergencia.

5. Aumentar las facultades de la Cámara de las Regiones para incluir la Seguridad Social, la regulación del agua y toda iniciativa que irrogue gasto. Asimismo, proponemos que se llame Senado de las Regiones.

6. La elección de la Cámara de las Regiones debe ser simultánea con la elección Presidencial y del Congreso de Diputadas y Diputados.

7. Revisar las restricciones a la legítima comercialización de las autorizaciones de uso de agua, pero que el fin para el que se otorgó sea inamovible. Asimismo, las autorizaciones de uso deben ser por un tiempo que permita el uso eficiente del agua y de los proyectos productivos. Junto con establecer requisitos para su otorgamiento, la ley deberá establecer formas claras de limitación que no den lugar a arbitrariedad de la administración.

8. En cuanto a la restitución de tierras para los pueblos indígenas, el órgano encargado de dicho propósito podría ser creado por ley y en la designación de sus integrantes tengan participación otros órganos del Estado.

9. Se debe revisar la integración de la Corte Constitucional, ya que se mantiene la designación de tres ministros por parte del presidente de la República, sin que existan contrapesos.

10. Evaluar los nombramientos del Consejo de la Justicia: Corte Suprema, TC, TCE y los TER. Se está creando por vía nombramiento un órgano muy relevante. Permitir que otras autoridades tengan participación en el nombramiento de jueces y juezas para que esa atribución no se concentre únicamente en el Consejo. Asimismo, hay que revisar la integración del Consejo de la Justicia para asegurar su buen funcionamiento según sus competencias.

11. Se podría examinar la reposición del control de constitucionalidad preventivo de los proyectos de ley, pero sólo por vicios de forma en la tramitación de la ley. Asimismo, se debería evaluar el control preventivo de constitucionalidad de los tratados, considerando que luego tendrán rango constitucional.

12. Concordar la referencia al consentimiento de los pueblos y naciones indígenas aludida en el artículo 191, a los efectos de que el procedimiento de consulta previa se ajuste plenamente a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT.

13. Se deben regular con más detalle la justicia indígena en el texto constitucional, señalando que es de naturaleza voluntaria, que sólo se aplica a personas que forman parte de un mismo pueblo originario, y para determinar en qué materias sería competente.

14. Se debe revisar el concepto de territorio indígena y explicitar solo tierras, para no generar confusión.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad