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Renovación Nacional entrega propuesta con «100 medidas para combatir la delincuencia»

Entre las medidas se encuentra permitir los controles de identidad a mayores de 14 años y ampliar el uso de armamento en Carabineros.

Renovación Nacional entrega propuesta con «100 medidas para combatir la delincuencia»

Este lunes se dio a conocer un documento por parte de Renovación Nacional, en la cual entregan 100 medidas para combatir la delincuencia en el país.

El documento parte afirmando que Chile «atraviesa por la crisis de seguridad más grave que haya vivenciado en décadas, la que exige una respuesta institucional rápida y efectiva para abordar el explosivo incremento en el fenómeno criminal, sus variaciones y reafirmar la plena vigencia del Estado de Derecho».

Estas medidas se dividen en trabajo de las policías; Ministerio Público, tribunales de Justicia, persecución penal y cumplimiento de condenas; Crimen prganizado y tráfico de drogas; terrorismo; migración y delincuencia; delitos de alta connotación social y delincuencia urbana; y responsabilidad penal adolescente.

100 medidas para combatir la delincuencia

Trabajo de las policías

1. Nueva causal habilitante para la práctica del control de identidad preventivo con registro superficial en espacios calificados como puntos calientes o «hot spots»
2. Aumento de la sanción penal para el caso de lanzamiento de bombas molotov y elementos de similar naturaleza a recintos policiales, así como a vehículos de igual índole.
3. Disponer por parte de las policías el uso de armas automáticas más allá de operaciones especiales.
4. Agilizar el sistema de pensiones de invalidez o sobrevivencia y brindar terapia psicosocial a funcionarios policiales lesionados o a familias de funcionarios fallecidos en el ejercicio de sus funciones.
5. Controles preventivos de identidad por parte de Carabineros de Chile con ocasión de sus labores de control de tránsito, permitiendo el registro ocular al interior de vehículos motorizados y sus maleteros.
6. Incorporar las infracciones a la Ley de Tránsito como causales de procedencia del control investigativo de identidad y de sus respectivos registros.
7. Establecer figuras de falta que permitan detener en flagrancia a sujetos que oculten su identidad.
8. Impulsar una Ley de Seguridad Privada que permita liberar recursos policiales.
9. Permitir a inspectores municipales realizar labores de control de tránsito.
10.Impulsar la especialización preferente de las funciones policiales.
11.Permitir el uso de armas basadas en pulsaciones eléctricas por parte de inspectores municipales en los casos y con las condiciones que establezca la ley.
12.Revisar las normas de protección reforzada de las policías.
13.Ampliar la protección reforzada no solo a funcionarios policiales en ejercicio de sus funciones, sino también a aquellos que no encontrándose en ejercicio de las mismas, sean objeto de atentado en razón de su carácter de policía.
14.Restar de funciones administrativas a funcionarios policiales.
15.Revisar las reglas de uso de armas de fuego y legítima defensa de las policías.
16.Reglas especiales para determinar la prisión preventiva en casos de atentados contra policías.
17.Reestablecer de manera prioritaria la capacidad operativa de las unidades policiales mediante la reparación de vehículos y radiopatrullas.
18.Despachar con urgencia el proyecto de nuevo Ministerio de Seguridad Pública.
19.Modernizar las labores preventivas mediante el uso masivo de herramientas tecnológicas como drones y pórticos lectores de patentes.

Ministerio Público, tribunales de Justicia, persecución penal y cumplimiento de condenas

20.Establecer una regla de proporcionalidad para resolver la posibilidad de hallazgos casuales en diligencias de investigación:.
21.Consagrar deberes del querellante en el Código Procesal Penal.
22.Comunicar a la víctima, denunciante o querellante las gestiones efectivamente realizadas ante un archivo provisional.
23.Concesión de un plazo adicional de investigación en aquellos casos en que el querellante deduzca una acusación particular distinta de la acusación fiscal.
24.Actualizar el sistema de gestión institucional y bonificación de la labor de los funcionarios del Ministerio Público.
25.Creación de la Defensoría de las Víctimas.
26.Incluir delito de tráfico, figuras de homicidios y otros de especial gravedad en la imposibilidad de beneficiarse de la ley Nº 19.856.
27.Elevar los requisitos para acceder al beneficio de Libertad Condicional y otorgar audiencia y derecho de oposición a la víctima en el proceso de concesión.
28.Establecer, como requisito para acceder al beneficio de Libertad Condicional, el haber gozado de un beneficio intracarcelario.
29.Modificar la integración de las Comisiones de Libertad Condicional excluyendo de esta a los ministros de Cortes de Apelaciones.
30.Notificación, audiencia y facultad de oposición de las víctimas ante un indulto presidencial.
31.Sancionar como delito el ingreso a recintos penales de elementos prohibidos, tales como aparatos de comunicación o armas, con especial énfasis en su comisión por funcionarios de Gendarmería, abogados o habilitados en derecho.
32.Tipificar y sancionar el quebrantamiento violento de condenas.
33.Instaurar la pena de presidio perpetuo efectivo ante crímenes graves.
34.Reforzar la institucionalidad de fiscalización judicial y administrativa del cumplimiento de condenas.
35.Establecer que el plazo de prescripción de la pena comienza a regir desde que se da inicio al cumplimiento de esta y no desde que es resuelta por sentencia judicial.
36.Sanción para el fiscal del Ministerio Público que incumple con el deber de protección a las víctimas del delito y al deber de objetividad en la persecución penal.
37.Ampliar las investigaciones de focos a crimen organizado propiamente tal.
38.Agilizar la entrada en vigencia del parte electrónico único y de la carpeta digital.

Crimen organizado y tráfico de drogas

39.Creación de una jurisdicción especializada para el conocimiento de delitos terroristas y fórmulas de criminalidad organizada.
40.Estatuto común de técnicas especiales de investigación a todas las fórmulas de criminalidad organizada.
41.Facilitar la interceptación de comunicaciones.
42.Prohibir la adquisición o arriendo de vehículos de alto valor mediante pago en dinero líquido e incluir esta clase de actividades como de reporte obligatorio a la Unidad de Análisis Financiero.
43.Inclusión de las empresas de giro y envío de dinero hacia el extranjero como sujetos que deben reportar movimientos a la Unidad de Análisis Financiero.
44.Fortalecer a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
45.Sancionar de manera más grave a quien ejerce un rol de mando, coordinación o liderazgo en las organizaciones delictivas.
46.Exigir mayor transparencia por parte de los trabajadores de plataformas de servicios de «delivery» disponiendo que registren el vehículo o motocicleta que utilizan.
47.Establecer deberes y mecanismos de coordinación entre el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional de Aduanas.
48.Potenciar las labores de vigilancia digital que ejerce la Subsecretaría de Telecomunicaciones y las unidades especializadas en la materia de ambas policías.
49.Reforma constitucional por la cual se extienda el plazo de detención en caso de flagrancia tratándose de delitos graves vinculados al crimen organizado.
50.Sanción ejemplar del préstamo «gota a gota».
51.Tipificación autónoma del sicariato como una forma supra agravada de homicidio.
52.Modernización del Sistema de Inteligencia y de la institucionalidad coordinadora de éste.
53.Creación de la Ley Marco de Ciberseguridad.
54.Crear por ley un registro de usuarios de telefonía de prepago.
55.Permitir la enajenación temprana de los bienes incautados a bandas de crimen organizado.
56.Agravar la comisión de delitos en fórmulas de criminalidad organizada valiéndose de menores de edad.
57.Dar urgencia y concluir la tramitación legislativa del proyecto que sanciona los delitos socioeconómicos.

Terrorismo

58.Incorporar técnicas especiales de investigación en la persecución de los delitos terroristas.
59.Incorporar como delito base de delito terrorista el ilícito informático.
60.Objetivación del tipo penal terrorista que permita facilitar su aplicación más allá de la voluntad trascendente del autor.
61.Incorporar formas de terrorismo que se califiquen como tales por los medios catastróficos utilizados.
62.Fortalecimiento de las medidas de protección a la identidad y seguridad de los testigos, peritos, cooperadores eficaces y sus familiares.
63.Restricción de beneficios a los condenados por terrorismo.
64.Creación de la figura del «Cooperador Eficaz».
65.Tipificar el adoctrinamiento y adiestramiento, incluyendo aquel que se realiza por vía remota, particularmente por internet.
66.Superar la figura de asociación ilícita de la ley antiterrorista.
67.Modificar la competencia de tribunales ante hechos que puedan constituir actos terroristas o graves crímenes sancionados conforme con la Ley de Seguridad Interior del Estado para salvaguardar la objetividad y seguridad de los órganos judiciales.

Migración y delincuencia

68.Tipificar como delito el ingreso clandestino a territorio nacional.
69.Permitir una ampliación del plazo de detención de hasta por 5 días ante la detención en flagrancia de personas de nacionalidad extranjera para realizar diligencias investigativas previas a la formalización.
70.Facultad al Ministerio Público para realizar diligencias investigativas en el extranjero.
71.Facultar controles de identidad preventivos con registro en pasos fronterizos o en una extensión de en zonas fronterizos a una profundidad de diez kilómetros contadas desde la frontera terrestre.
72.Se permite al tribunal, para efectos de determinar la agravante de responsabilidad penal de reincidencia, considerar las condenas en el extranjero.
73.Cancelación de nacionalización como pena accesoria de crímenes.
74.Expulsión como pena accesoria ante crímenes graves.
75.Modificar la Ley 20.430 sobre refugiados.
76.Agilizar los procesos de expulsión.
77.Realizar gestiones con Bolivia para dar eficacia al mecanismo de reconducción de migrantes irregulares.
78.Incluir el abandono voluntario del territorio nacional como medida de suspensión condicional del procedimiento respecto de imputados de nacionalidad extranjera que hayan hecho ingreso clandestino a territorio nacional.

Delitos de alta connotación social y delincuencia urbana

79.Aumentar la respuesta punitiva en las figuras de homicidio.
80.Suprimir el permiso de los vehículos recién adquiridos para circular sin placa patente por hasta cinco días.
81.Inutilizar la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados de un vehículo que ha sido calificado como «en pérdida total».
82.Exigir que la actividad de desarmaduría y adquisición por parte de vehículo pueda realizarse solo tras una autorización por parte de la autoridad administrativa.
83.Crear el registro nacional de repartidores de delivery.
84.Sancionar con cesación en el cargo a los alcaldes que toleren y no realicen gestiones para impedir el comercio ilegal.
85.Sancionar más gravemente la retención temporal de una persona al producirse la sustracción de un vehículo.
86.Prohibir el uso de motocicletas para fines comerciales con dos ocupantes.
87.Exigir medidas de seguridad más contundentes en los nuevos contratos de obra pública de autopistas y carreteras, así como reforzar aquellas existentes en los contratos ya ejecutados o en ejecución.
88.Permitir que los municipios dispongan el cierre perimetral nocturno de plazas y parques cuando aquella sea útil para la prevención delictiva y no perturbe gravemente el libre tránsito.
89.Tipificar el delito de usurpación de bienes inmuebles como uno que conlleve una sanción corporal y establecer una regla especial sobre su comisión en flagrancia.
90.Sancionar ejemplarmente conductas constitutivas de incivilidades, declarando la guerra a rayados y «tags», con figuras agravadas tratándose de monumentos nacionales o inmuebles patrimoniales.
91.Combate a sitios eriazos y a inmuebles abandonados que importen un foco de ilícitos.
92.Facultar al Presidente de la República para otorgar recompensas ante información útil para esclarecer hechos delictivos constitutivos de criminalidad organizada o de delitos en la Macrozona sur.

Responsabilidad penal adolescente

93.Modificar la regla del artículo 21 de la ley 20.084, según la cual los adolescentes infractores que cometen un delito puedan rebajarla en un grado.
94.Dejar sin efecto el límite legal 5 años de privación de libertad en régimen cerrado o semicerrado (o su reemplazante de conformidad con las modificaciones legales que aún no entran en vigencia) tratándose de menores de 16 años.
95.Exclusión perentoria del tramo inferior de las sanciones tratándose de crímenes graves.
96.Considerar perentoriamente sanciones previas para la determinación de la naturaleza de la pena.
97.Modificar el régimen de apelación de la resolución recaída en la solicitud de internación provisoria en caso de delitos graves.
98.Reforzar la sanción frente al quebrantamiento.
99.Establecer un régimen de intervención especial -dentro de los procedimientos que contienen los Tribunales de Familia- para aquellos menores de 14 pero mayores de 10 años, que tuvieren participación responsable en la comisión de delitos.
100.Permitir el control de identidad preventivo en mayores de 14 años.

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