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IFE Laboral: ¿Cuál es la próxima fecha de pago de este subsidio estatal?

El Ingreso Laboral de Emergencia busca fomentar la creación de empleos formales, especialmente para las mujeres, muy perjudicadas por la pandemia de coronavirus.

IFE Laboral: ¿Cuál es la próxima fecha de pago de este subsidio estatal?

IFE Laboral: ¿Cuál es la próxima fecha de pago de este subsidio estatal? / KARIN POZO/AGENCIAUNO

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El IFE Laboral, cuyo nombre oficial es Ingreso Laboral de Emergencia, es una cantidad de dinero que reciben las personas que encontraron o encuentren un empleo formal desde el pasado 1 de agosto.

Eso sí, la Remuneración Bruta Mensual (RBM) que reciban los beneficiarios o beneficiarias no puede ser mayor a tres Ingresos Mínimos Mensuales, o $1.011.000.

La meta de este aporte fiscal es fomentar la creación de 500 mil nuevos puestos de trabajo.

Y el foco está puesto en las mujeres, grandes perjudicadas en términos laborales por culpa de la pandemia del covid-19.

El IFE Laboral es pagado mensualmente y para postular a él es necesario hacerlo de manera online aquí.

¿Cuáles son los requisitos del IFE Laboral?

1.. Tener un nuevo contrato de trabajo desde el mes en curso o como máximo desde el mes anterior a la postulación.

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, el Sence, revisará que no hayan cotizaciones de pensión y de salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que se postula.

2.- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).

3.- Haber estado sin trabajo durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato.

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¿Cuáles son sus montos?

1.- Para hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 50% de su su RBM, con un tope de $200.000 mensuales.

2.- Para mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la RBM Mensual con un tope de $250.000 mensuales.

¿Cuáles son las fechas de postulación y de pago?

El calendario del IFE Laboral, de acuerdo con las fechas de inicio de relación laboral, ventanas de postulación y fechas de pago, es el siguiente.

1.- Contratos del 1 agosto al 30 de septiembre: la postulación fue durante septiembre y el pago será a partir del 1 de noviembre.

2.- Contratos del 1 de septiembre al 31 de octubre: postulación del 1 al 31 de octubre y pago a partir del 1 de diciembre.

3.- Entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre: postulación del 1 al 30 de noviembre y pago desde el 1 de enero de 2022.

4.- Contrato entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre: postulación del 1 al 31 de diciembre y pago desde el 1 de febrero de 2022.

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¿Cómo se postula?

Hay que entrar a la web Subsidio al Empleo y hacer clic en Nuevo IFE Laboral. Después, el interesado tiene que ir a Postular al IFE Laboral e iniciar su sesión con RUT y Clave Única.

Al postular, el trabajador debe adjuntar su contrato de trabajo en formato .doc, .docx o .pdf.

¿Quiénes no tienen derecho al IFE Laboral?

1.- Quienes no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

2.- Las personas que estén recibiendo alguno de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.

3.- Las personas con contratos suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.

4.-  Los trabajadores del sector público.

5.- Los que estén con licencia médica (incluye pre y post natal) al instante de la postulación.

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