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Bono por Hijo: cómo se postula a este beneficio estatal y qué requisitos tiene

Este aporte fiscal aumenta el monto de las pensiones de las mujeres que sean tanto madres biológicas como adoptivas.

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Bono por Hijo: cómo se postula a este beneficio estatal y qué requisitos tiene

Bono por Hijo: cómo se postula a este beneficio estatal y qué requisitos tiene / Juan Gonzalez

El Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer a través de la entrega de un subsidio por cada hijo nacido vivo o adoptado.

Pero hay que tener claro que ese aporte monetario fiscal no es entregado al momento del nacimiento del hijo, sino que junto con la pensión de la madre.

En el caso de los adoptados, el Bono por Hijo es tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

La bonificación es fijada y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.

Así, si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, para calcular el monto del Bono por Hijo se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).

Para nacimientos posteriores a esa fecha, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que el nació el hijo.

Este beneficio denominado Bono por Hijo tiene que ser solicitado en el Instituto de Previsión Social, IPS.

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¿Cuáles son los requisitos del Bono por Hijo?

El Bono por Hijo es para madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.

También está destinado a madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) desde el 1 de julio de 2009.

Y además es para quienes sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Las beneficiarias deben tener 65 años de edad cumplidos y residencia en el territorio chileno durante dos décadas años a contar de los veinte años de edad.

También deben haber vivido en Chile al menos durante cuatro años de los últimos cinco años anteriores a la solicitud, estar afiliadas a una AFP y no tener pensión antes del 1 de julio de 2009.

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