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Préstamo Solidario: cuándo y cómo es cancelado este beneficio estatal

Esta ayuda estatal se encuentra disponible por última vez en octubre, y para acceder a ella en la web del SII hay que cumplir varios requisitos.

Préstamo Solidario: cuándo y cómo es cancelado este beneficio estatal
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El Préstamo Solidario es un subsidio estatal al que se puede postular por última vez desde el pasado viernes 8 de octubre y hasta el próximo domingo 31 de octubre.

Es una ayuda financiera en el marco de la pandemia de coronavirus que se solicita cien por ciento online en la página web del Servicio de Impuestos Internos, SII, www. sii.cl.

El Préstamo Solidario está disponible para personas naturales (trabajadores de 18 a 65 años) y empresarios individuales que cumplan con algunos requisitos.

También es para pensionados por vejez o invalidez por la modalidad de Renta Vitalicia que lo soliciten.

Este Préstamo Solidario posee una tasa de interés real del 0%, y puede ser solicitado hasta en tres ocasiones.

¿Cómo es el trámite de solicitud?

Al ingresar a su espacio en la web del SII, el sistema indica si el interesado cumple o no con los requisitos exigidos.

En caso afirmativo, es entregado el monto máximo del Préstamo Solidario al que es posible acceder.

Para postular hay que contar con Clave Única o Clave Tributaria, y no son solicitados documentos. Solo hay que indicar los datos de contacto e información para el pago.

El monto máximo del Préstamo Solidario corresponde a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con un tope de $650.000 por mes.

No hay una fecha fija para el pago, pues este subsidio es entregado al beneficiario en un plazo de diez días hábiles luego de haber hecho la solicitud de postulación.

Y es la Tesorería General de la República (TGR) la entidad encargada de cancelar el dinero, en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la solicitud, por medio de una transferencia bancaria o bien por caja en el BancoEstado.

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¿Cómo se devuelve el Préstamo Solidario?

El Préstamo Solidario debe ser restituido en cuatro cuotas anuales a través de la declaración de impuesto a la renta. Y tales cuotas son reajustadas según el IPC.

La primera cuota de pago corresponderá a un 10% del monto del Préstamo Solidario recibido, y las tres cuotas restantes corresponderán a un 30% del mismo.

Y cada cuota anual no puede exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.

Además, desde el pasado 1 de septiembre de 2021 a las personas que recibieron esta ayuda en 2020 y son trabajadores independientes se les aplica automáticamente una retención de 14,5% en las boletas de honorarios que emitan (3% adicional).

La misma retención se aplica a las Boletas de Prestación de Terceros Electrónicas (BTE).

Y quienes emiten Boletas de Honorarios sin retención, tienen que aplicar una tasa de 14,5% al declarar el PPM mensual.

Esta retención adicional, que establece la Ley 21.252, es para reintegrar el Préstamo Solidario, y estará vigente hasta diciembre de 2024 o hasta que se extinga totalmente la deuda.

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