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Exdirector nacional del Registro Civil por cambio de Ley de Migración: “La de 1975 verdaderamente no daba más”

En conversación con Ciudadano ADN, Jorge Álvarez explicó la nueva Ley de Migración y Extranjería, que se aprobó esta semana.

Por Ciudadano ADN
Miércoles 09 de Dic, 2020 - 21:40
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Esta semana se aprobó la nueva Ley de Migración y Extranjería, proyecto que estuvo en el Congreso durante ocho años. Esta iniciativa tiene como objetivo la creación de un nuevo servicio nacional de migraciones, además de la obligación de que personas deban postular a las visas en sus países.

Para saber a cabalidad qué contempla la nueva ley, Ciudadano ADN conversó con Jorge Álvarez, exdirector nacional del Registro Civil, quien explicó las diferencias con la ley anterior: “La de 1975 verdaderamente no daba más, cuando se hizo, se hizo enfocada en la seguridad nacional y no enfocada en los Derechos Humanos“.

Entrando a la iniciativa, comentó que “la ley lo que hace es regular el ingreso, la estadía y la residencia en el país “, además de “establecer derechos a los extranjeros”.

Sumado a lo anterior, la norma “dice que debe haber un política de migración, es decir qué quiere (el migrante) del país“, afirmó Álvarez, por lo que se crean 13 categorías migratorias que van desde las visitas familiares a las necesidades económicas.

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Por lo que agregó que la legislación “se preocupa, también, de los chilenos en el exterior“, pudiendo así, “establecer un vínculo con los chilenos en el exterior y de acuerdo con las políticas, planificar el retorno de los chilenos”.

Álvarez sostuvo que, tal como hay deberes para el extranjero, también hay derechos. “Hay 19 derechos, pero uno de los interesantes es que está el de la información“. A raíz de lo anterior, recordó la ola migratoria de ciudadanos haitianos, en la que “ellos llegaron sin saber español”.

Dentro de las novedades de la Ley de Migración y Extranjería figura la permanencia transitoria “para las personas que vienen temporalmente“, detalló el exdirector del Registro Civil. Dura 90 días y “se va a poder prorrogar a 90 días más y por causales muy opcionales a 90 días más”, indicó. Sin embargo, advirtió también que la persona”no puede solicitar una residencia completa”.

Dicha residencia temporal se deberá hacer “desde el extranjero, acercarse al consulado de Chile o hacer a través de internet, señalar que quiere venir a Chile“, remarcó Álvarez, junto con concluir que “lo que busca la ley es incentivar la migración regular y desactivar la invitación irregular“.

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