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Suprema ordenó a isapre a cubrir cirugía intrauterina practicada a afiliada embarazada

"La enfermedad estaba considerada como prestación GES, y, en tal sentido debe ser cubierta", indicó el fallo unánime de la Tercera Sala.

Suprema ordenó a isapre a cubrir cirugía intrauterina practicada a afiliada embarazada

La

que ordenó a Cruz Blanca financiar los costos de una cirugía intrauterina practicada a una afiliada embarazada.

En fallo unánime, la Tercera Sala confirmó la resolución que ordenó a la isapre cubrir el tratamiento a que fue sometida Marilyn Ramírez, a quien se le realizó una intervención quirúrgica para corregir la espina bífida que presentaba el feto, procedimiento que no fue financiado por la institución de salud.

"La intervención quirúrgica, cuya bonificación se reclama, se realizó por una necesidad de vida de la criatura que estaba en el vientre materno (…) la enfermedad estaba considerada como prestación GES, y, en tal sentido debe ser cubierta", indicó el fallo.

La resolución agrega que Cruz Blanca infringió "gravemente las garantías constitucionales reclamadas por los recurrentes", por lo cual la negativa de la isapre "es un acto arbitrario, que fue tomado sin la debida racionalidad y contrariando además, los principios básicos del sistema CAEC que implica una amenaza cierta al derecho a la vida y al acceso a la salud, para Marilyn Ramírez y su hija".

Además, el documento del máximo tribunal añadió que "se lesiona el derecho de propiedad" ya que la mujer, "en su calidad de titular del contrato de salud celebrado con la isapre Cruz Blanca, es dueña del derecho a acceder a la Cobertura Adicional para Enfermedades catastróficas, que la isapre se ha obligado a otorgarle y por el que se ha pagado un precio determinado".

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