Suprema confirmó millonaria multa a Aguas Andinas por malos olores en planta La Farfana
Tercera Sala del máximo tribunal rechazó de forma unánime el recurso de la sanitaria para evitar la sanción por emanaciones de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos.
La Corte Suprema ratificó la resolución que ordena a una empresa sanitaria a cancelar una multa de 1.000 UTM, equivalentes a más de 37 millones de pesos, por malos olores emanados desde una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos (PTRS).
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y los abogados integrantes Benito Mauriz y Rafael Gómez, rechazaron el recurso de casación en contra del fallo que condenó a Aguas Andinas S.A. a pagar multa por emanaciones en la planta La Farfana, en diciembre de 2003.
La sentencia, que aplica la sanción más alta para este tipo de contaminación, determina que el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente (Sesma) tiene las facultades para aplicar sanciones de este tipo, pese a que existen otros procesos contemplados en la Ley del Medio Ambiente.
La resolución desestima el argumento de la empresa sanitaria, la que durante todo el proceso señaló que las normas del Código Sanitario en este caso se encontraban derogadas por la Ley de Bases del Medio Ambiente.
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