“Son de la misma materia”: Ministro de Justicia asegura que el gobierno anterior respaldó 275 rebajas de condena
Fernando Rabat descartó un actuar discrecional del Ministerio y remarcó que las resoluciones responden a una jurisprudencia mayoritaria de los tribunales frente al vacío legal dejado por la reforma de 2022.

FOTO: OSCAR GUERRA/AGENCIA UNO / Oscar Guerra

En el marco de la primera jornada de reflexión de la Corte Suprema, encuentro en que se abordaron materias de acciones de protección y ejecución de fallos internacionales con ponencias del ministro de Justicia, Fernando Rabat, el titular de Justicia respondió a las críticas por la concesión de rebajas de condena a imputados por delitos sexuales y reveló datos sobre las decisiones adoptadas durante la administración pasada.
La réplica a exministros: 275 resoluciones en la administración pasada
Frente a los cuestionamientos formulados por exministros de la cartera, quienes apuntaron a que en el gobierno anterior el criterio era rechazar administrativamente estas solicitudes para forzar su judicialización en tribunales, el ministro Fernando Rabat rechazó las críticas y reveló cifras de la administración precedente.
“Durante el gobierno anterior también se dictaron más de 275 resoluciones administrativas en que acogieron estos beneficios”, aseveró Rabat, remarcando que dichos decretos correspondieron a “la misma materia”.
Al ser consultado sobre el cambio de criterio respecto a gestiones pasadas, el secretario de Estado enfatizó: “No voy a comentar lo que se hizo con anterioridad o no, simplemente le quiero señalar, hay una norma constitucional, hay una jurisprudencia asentada y por lo tanto se actuó en consecuencia”.
El fundamento legal: Irretroactividad penal y mandato constitucional
El ministro de Justicia explicó que el origen de la controversia radica en una reforma legal efectuada en el año 2022, la cual excluyó a los condenados por delitos sexuales de acceder a este tipo de beneficios. Sin embargo, aclaró que dicha restricción no puede aplicarse a delitos cometidos con anterioridad debido a exigencias constitucionales.
Rabat sostuvo que el artículo 19 N° 3 de la Constitución consagra el principio de irretroactividad de la ley penal en perjuicio del condenado (in dubio pro reo). Bajo ese marco, señaló que el Ministerio actuó “asentado además en una jurisprudencia mayoritaria” de los tribunales, que de manera constante ha acogido recursos de amparo presentados por internos a quienes se les denegaron estas rebajas durante años.
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Asimismo, precisó que por norma legal es el Ministerio de Justicia el órgano encargado de dictar la resolución administrativa correspondiente luego de revisar los antecedentes elaborados por las comisiones de rebaja de condenas.
Respaldo a proyectos de ley e intervención del máximo tribunal
Para solucionar de manera definitiva el problema de fondo, el ministro valoró las iniciativas parlamentarias presentadas en los últimos días por diputados y senadores, señalando que servirán para “evitar este vacío que arrastra la modificación del año 2022″ y cerrar espacios legales en la materia.
Por su parte, la presidenta de la Corte Suprema, Ana Gloria Chevesich, declinó calificar si existe una línea jurisprudencial uniforme respecto a la rebaja de penas en este tipo de delitos, señalando que “cada caso concreto se analiza de manera individual” y que evaluar si existe o no doctrina corresponde a los académicos.
Chevesich concluyó precisando que ella no integra la Segunda Sala (sala penal de la Corte Suprema encargada de revisar los recursos de amparo en estas materias).




