Exasesor de Joaquín Lavín León seguirá recluido en Santiago Uno tras revés en la Corte
Los abogados de Arnaldo Domínguez buscaban revertir la prisión preventiva dictada el pasado 4 de mayo, acusando que la resolución original era ilegal.

AGENCIAUNO / Sebastian Beltran Gaete
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este lunes, de forma unánime, el recurso de amparo presentado por la defensa de Arnaldo Domínguez, exasesor territorial del exdiputado Joaquín Lavín León. Con este fallo, el imputado deberá permanecer bajo la medida cautelar de prisión preventiva en el centro penitenciario Santiago Uno, recinto donde se encuentra recluido desde su formalización por delitos de fraude al Fisco el pasado 4 de mayo.
La acción constitucional había sido ingresada por los abogados del exfuncionario con el objetivo de dejar sin efecto la reclusión, bajo el argumento de que la resolución dictada por el tribunal de primera instancia era ilegal e infundada. Sin embargo, la sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Sandra Araya y Matías de la Noi— desestimó las alegaciones de la defensa de plano.
Materia de apelación y no de amparo
En la resolución, el tribunal de alzada tomó distancia de la estrategia de los recurrentes y advirtió que los argumentos esbozados para intentar derribar la cautelar “constituyen materias propias de un recurso de apelación y no de una acción constitucional de amparo”.
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Asimismo, los ministros descartaron que el fallo del Juzgado de Garantía adoleciera de falta de argumentos. Por el contrario, la Corte determinó que el magistrado de primera instancia desarrolló adecuadamente las razones para decretar la prisión preventiva, efectuando una extensa y debida referencia a los antecedentes exhibidos por el Ministerio Público, los delitos investigados, la participación atribuida a los imputados y el peligro que la libertad de estos representa para la seguridad de la sociedad.
Discrepancia jurídica versus falta de motivación
Para cerrar la controversia, el dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago trazó una clara línea divisoria entre no compartir un criterio judicial y enfrentar una resolución arbitraria.
“El hecho que la defensa discrepe de tales razonamientos o los estime insuficientes no transforma una resolución fundada en una infundada”, sentenció de forma categórica el tribunal de alzada en el documento. La resolución concluye de manera taxativa que “una cosa es la ausencia de motivación y otra muy distinta es la discrepancy respecto de la corrección jurídica de los argumentos empleados”, ratificando con ello la total legalidad del proceso que mantiene tras las rejas al colaborador del exparlamentario de la UDI.
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