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FOTO. Corte aumenta a $80 millones la indemnización para periodista víctima de tortura y relegación en dictadura

El fallo considera la gravedad de los apremios físicos y psicológicos sufridos, así como la relegación de más de dos años a la que fue sometido por agentes del Estado.

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Memoriaestadionacional.cl / Mario Andrés Vergara Escobar

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó y elevó la indemnización que el Fisco de Chile deberá pagar por concepto de daño moral a Osmán Cortés Argandoña, periodista y académico de la Universidad del Norte a la época de los hechos, fijando el monto en la suma de $80.000.000.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió el aumento prudencial del monto otorgado en primera instancia por el Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago, en proporción a la gravedad del daño acreditado como víctima directa de un crimen de lesa humanidad durante la dictadura de Pinochet.

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Cortés Argandoña fue detenido el 24 de septiembre de 1973 por efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) y trasladado a un cuartel policial donde sufrió graves torturas.

Posteriormente, tras permanecer en la cárcel pública de Antofagasta, fue relegado a la comuna de Chañaral, donde estuvo sometido a esa medida punitiva desde fines de octubre de 1973 hasta noviembre de 1975.

En el fallo, el tribunal expuso que las sumas fijadas inicialmente resultaban insuficientes ante la magnitud de las violaciones cometidas.

(...) si se ponderan adecuadamente la entidad de las vulneraciones acreditadas, consistentes en maltratos físicos y psicológicos, tales como golpizas, amenazas de muerte e incomunicación en celda insalubre; la extensión temporal de la privación de libertad por un tiempo superior a un mes y relegación por más de dos años; el contexto de violencia estatal (...) y la persistencia de sus consecuencias en la vida personal, laboral, psíquica y familiar del demandante”, esgrime el dictamen.

En la misma resolución, la Corte revocó el tramo de la sentencia de primera instancia que había concedido una indemnización de $5.000.000 a Francisca González Lai por concepto de “daño moral por repercusión o rebote”.

Los magistrados determinaron que, si bien la doctrina reconoce el sufrimiento de familiares cercanos ante este tipo de hechos, en este caso particular la prueba rendida no fue suficiente para acreditar un daño moral autónomo, directo y jurídicamente resarcible imputable a la acción directa de los agentes del Estado.

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