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Tribunal de Disciplina rechaza denuncia de la UC contra Audax Italiano por presunta “discriminación” a sus hinchas

El elenco cruzado reclamó por el valor de las entradas en el partido que se jugó el pasado 20 de julio en La Florida.

Agencia Uno

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A fines de julio de este año, Audax Italiano fue citado a comparecer ante el Tribunal de Disciplina de la ANFP luego de una denuncia realizada por Universidad Católica tras el partido entre ambos elencos en La Florida por la fecha 16 del Campeonato Nacional.

En esa ocasión, la UC apuntó que los “Itálicos” infringieron el artículo 64° de las bases del torneo, al fijar un valor de $10.000 para las galerías destinadas a los hinchas de cada uno de los equipos, pero estableciendo un 50% de descuento a quienes hubiesen asistido a uno de los últimos tres partidos de Audax.

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El denunciante sostuvo que dicha medida fue “discriminatoria” y atentó contra la igualdad de condiciones en la venta de entradas, ya que la promoción fue directamente dirigida a los adherentes de Audax Italiano. Asimismo, pidió que se aplicara una multa económica al cuadro de colonia.

Sin embargo, el Tribunal de Disciplina decidió finalmente rechazar la denuncia de la UC. En el dictamen liberado durante esta jornada, el ente jurídico de la ANFP argumentó que “para este Tribunal, no existió la pretendida discriminación injustificada a través del precio de las entradas”.

“Toda vez que la promoción se refería a ambas galerías, y no solo a la asignada para los adherentes del club local, y aplicaba para toda persona que cumpliera con el requisito de haber asistido a uno de los últimos tres partidos del club local", agrega el documento.

Además, se establece que “en tiempos que todos los partícipes de la actividad buscan fórmulas e incentivan la asistencia de hinchas a los estadios, se debe alentar e incentivar las múltiples maneras que existen para lograr tal propósito, sin que, por supuesto, constituyan medidas discriminatorias. Es así como el mismo artículo 64° de las Bases, en su inciso tercero, permite las promociones, como las del caso que origina esta causa".

“Si bien es cierto la norma no menciona las promociones en base a las asistencias anteriores, este Tribunal estima que toda promoción que aliente la asistencia a los estadios y que incluya a “hinchas de ambos equipos” (sic) no merece un juicio de reproche, más allá, claro está, de las particularidades que pueda presentar cada caso", concluye.

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