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Autopréstamo de fondos de AFP: en qué está el proyecto tras la última votación de la reforma en la Cámara

La iniciativa que plantea el retiro de una suma importante de dinero desde las administradoras vivió una jornada crucial durante esta semana. Conoce aquí cómo funcionaría.

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Autopréstamo de fondos de AFP: en qué está el proyecto tras la última votación de la reforma en la Cámara

Autopréstamo de fondos de AFP: en qué está el proyecto tras la última votación de la reforma en la Cámara / Mayra Perez Diaz

Durante la jornada de este miércoles la discusión de la reforma de pensiones entregó novedades luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobara la idea de legislar la misma.

Con un visto bueno en general, también se aprobó el primer artículo que hacía referencia a la creación de un Seguro Social Previsional. Claro que se rechazó la propuesta de distribuir el 6% adicional con un 3% hacia las cuentas individuales y el otro 3% para un fondo solidario.

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Naturalmente dentro de ese contexto se ubica el llamado autopréstamo de fondos de AFP, una iniciativa que ha despertado gran parte del interés de los afiliados a las diversas administradoras.

La misma consiguió el apoyo necesario y seguirá avanzando tras 107 votos a favor, 35 en contra y 9 abstenciones.

Ahora bien, su consagración total aún está por verse, ya que la reforma pasará al Senado. De hecho, corresponde que las comisiones de Trabajo y Hacienda revisen el proyecto.

En ese punto el Ejecutivo tendrá la facultad de reponer los artículos que fueron rechazados en horas recientes.

¿Qué es el autopréstamo de fondos de AFP y cómo funcionaría?

Como se ha informado, el proyecto apunta a que afiliados con fondos en sus cuentas de pensiones puedan acceder a un préstamo, por parte de las administradoras, correspondiente a un 5% de lo ahorrado.

Aquella cifra tendrá un máximo de 30 UF ($1 millón 100 mil pesos aproximadamente) y sería entregada en una plazo máximo de diez días desde que se plantea la solicitud por parte del interesado.

El monto pedido deberá devolverse a partir del mes subsiguiente. Eso sí, las personas beneficiadas deben estar a cinco años o más de su edad de jubilación, es decir, hombres de 60 años o menos y mujeres por debajo de los 55.

“La devolución del préstamo se efectuará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles del afiliado”, se lee en el texto.

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