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Nuevo proceso constitucional: ¿Cómo cambiar el domicilio electoral y hasta cuándo puedo hacerlo?

Con la publicación en el Diario Oficial de la ley que permite el proceso, se dio inicio a esta nueva etapa. Los datos, fechas y más, lo encuentras a continuación.

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Este martes apareció publicado en el Diario Oficial la ley que establece «un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución«. A raíz de esto, el Servicio Electoral (Servel) hizo un llamado para revisar y, de ser necesario, solicitar el cambio del domicilio electoral ante el cierre del registro electoral.

Hay términos nuevos: por ejemplo, lo que en un principio fue una «Asamblea Constitución» y después una «Convención Constitucional», ahora será un «Consejo Constitucional». A ello se suma una «Comisión Experta» y un «Comité Técnico de Admisibilidad». Sobre estos cambios, el cronograma quedó así.

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Domicilio electoral

«Llamamos a los electores a revisar el domicilio electoral», fue la precisa frase que dijo Andrés Tagle, el presidente del Servel, durante la actividad de este martes. La fecha límite es el 26 de enero, a las 23:59. El cambio de domicilio electoral se puede hacer en el sitio web del Servel, con clave única, o en oficinas racionales de Servel o de Chile Atiende.

Desde octubre pasado se han solicitado 222.018 cambios de domicilio electoral. Además del llamado, Tagle detalló que, en convencio con la Asociación Chilena de Telecomunicaciones, enviarán mensajes de texto para invitar a actualizar el domicilio electoral.

Finalmente, ante los electores mayores de 90 años, desde Servel aseguraron que no serán considerados en el padrón electoral quienes no hayan renovado su cédula de identidad en los últimos 11 años, según información del Registro Civil. Podrán reclamar esta situación hasta el 11 de febrero.

Cronograma electoral

Enero

  • 20 de enero: 
  • el próximo viernes, el 
  • Servicio Electoral 
  • tendrá que haber publicado en su página web institucional la nómina de
  • plazas, parque u otros lugares públicos autorizados para efectuar propaganda electoral.
  • También estarán publicados los
  • límites de gasto electoral de las candidaturas
  • , además de
  • la cantidad mínima de patrocinios para candidaturas independientes.
  • 26 de enero: 
  • ese día jueves es el 
  • último día para solicitar domicilio electoral o para actualizar datos.
  • 27 de enero: 
  • ese viernes
  • se suspenderán las inscripciones, actualizaciones y modificaciones
  • en el
  • Registro Electoral
  • . El
  • Servel
  • , además, determinará los
  • padrones electorales con carácter de provisorios y nóminas provisorias de electores inhabilitados para sufragar.
  • A ello se suma también la publicación de la nómina de
  • electores mayores de 90 años. 

Febrero

  • 06 de febrero: 
  • ese día lunes será el último para 
  • declarar candidaturas, 
  • todas con pacto formalizado previo o la constatación de los patrocinios requeridos. Ese mismo día comienza el 
  • periodo de campaña electoral. 
  • El 
  • Servel, 
  • en tanto, publicará el 
  • máximo de aportes de origen privado permitido.
  • 11 de febrero: 
  • el segundo sábado del segundo mes será el fin del plazo para presentar reclamación ante el 
  • Servel 
  • por parte de electores mayores de 90 años.
  • 16 de febrero:
  • se cumple el plazo para que el
  • Consejo Directivo del Servel
  • dicte y notifique por correo electrónico la resolución que acepta o rechaza candidaturas.
  • 17 de febrero: 
  • ese día será el que tenga el
  • director del Servel
  • para resolver las reclamaciones para
  • electores mayores de 90 años.
  • 18 de febrero: 
  • el sábado, el Servel publicará en su página web
  • la aceptación o el rechazo de candidaturas del Consejo Constitucional.
  • Desde ahí, los partidos políticos y candidatos independientes tendrán cinco días para reclamar ante el
  • Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel). 
  • 26 de febrero: 
  • Servel 
  • publica en su web los padrones electores auditados.
  • 27 de febrero: 
  • comienza el plazo de cinco días para presentar reclamaciones a los padrones electorales auditados ante el
  • Tribunal Electoral Regional que corresponde al domicilio electoral de la persona. 

Marzo

  • 8 de marzo: 
  • comienza el periodo de propaganda electoral por medios de prensa y radioemisoras, además de activistas o brigadistas.
  • 23 de marzo: 
  • publicación de las nóminas definitivas de electores inhabilitados para sufragar, además de la publicación de Colegios Escrutadores, localidades y mesas receptoras de sufragio. También comienza la presentación de los apoderados de mesa por cada partido político.

Abril

  • 7 de abril: 
  • se inicia el periodo de propaganda electoral en lugares como plazas, parques u otros autorizados, además de lugares privados. También comienza la franja de propaganda gratuita en canales de televisión de libre recepción. También se seleccionarán los vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores.
  • 15 de abril: 
  • publicación de vocales de mesa, miiembros de colegios escrutadores, locales de votación, delegados y recintos que funcionarán como colegios escrutadores.
  • 17 de abril: 
  • comienza el plazo para presentar excusas para vocales de mesa y miembros del colegio escrutador hasta el 
  • 19 de abril. 
  • 22 de abril: 
  • se publican las nóminas de reemplazantes para mesas receptoras de sufragios y miembros de colegios escrutadores. También 
  • vence el plazo para que se divulguen resultados de encuestas. 
  • Y ese día se entregarán los facsímiles de cédulas a pactos electorales, partidos políticos y candidatos independientes.

Mayo

  • 4 de mayo: termina la propaganda electoral.
  • 5 de mayo: 
  • se prohibe toda manifestación o reunión pública de carácter electoral.
  • 7 de mayo: ELECCIÓN DE CONSEJO CONSTITUCIONAL.

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