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Caso Nicolás López: Corte Suprema declara admisible recurso de nulidad para dejar sin efecto su condena

De este modo, el máximo tribunal deberá decidir si el cineasta cumplirá o no la pena de cinco años y un día de cárcel por delitos de abuso sexual.

14 DE MARZO DE 2022/VIÑA DEL MAREn el Tribunal Oral de Viña del Mar se dio inicio al Juicio Oral contra Nicolás López,
acusado por delitos de violación y abuso sexual en carácter de reiterado y el delito de ultraje público.
FOTO: MANUEL LEMA OLGUIN/AGENCIAUNO

14 DE MARZO DE 2022/VIÑA DEL MAR En el Tribunal Oral de Viña del Mar se dio inicio al Juicio Oral contra Nicolás López, acusado por delitos de violación y abuso sexual en carácter de reiterado y el delito de ultraje público. FOTO: MANUEL LEMA OLGUIN/AGENCIAUNO

Durante esta jornada se conoció que la Corte Suprema declaró admisible el recurso de nulidad que presentó la defensa de Nicolás López, condenado a cinco años y un día de cárcel por delitos de abuso sexual.

La acción que encabeza la abogada Paula Vial tiene como objetivo anular el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, que data del 16 de mayo pasado. En un escrito de casi 100 páginas, argumentó que hubo «infracción» a derechos o garantías constitucionales.

Según consignó La Tercera, la decisión del máximo tribunal fue unánime, por lo que dicha instancia decidirá el destino del director de Promedio Rojo.

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¿Qué dice el recurso de nulidad?

El recurso de nulidad tiene su asidero, según Vial, «cuando en cualquier etapa del procedimiento o en el pronunciamiento de la sentencia, se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías asegurados por la Constitución o por tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren actualmente vigentes».

Uno de los argumentos que presentó la defensa de Nicolás López ante la Corte Suprema es que «la presunción de inocencia prevalece sobre la perspectiva de género«.

Ello, «teniendo que demostrarse no si la víctima miente, si no, si existen elementos que corroboren su relato y que permitan destruir la presunción de inocencia que pesa sobre mi representado, cosa que no ocurrió en el presente juicio«.

De hecho, la defensa asegura que en el testimonio de una de las víctimas «no existió en juicio prueba alguna de corroboración del relato dado«, lo que constituiría «una infracción del debido proceso».

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