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Matrimonio igualitario: Registro civil ya habilitó plataforma de inscripción para agendar horas

Desde este lunes y haciendo historia, parejas de todos los sexos, podrán inscribirse para poder llevar a cabo su boda civil de manera oficial.

23 de JUNIO de 2018 / SANTIAGOMiles de personas participan de la "Marcha por el Orgullo 2018", convocada por el Movilh y la Fundación Iguales.
FOTO: HANS SCOTT / AGENCIAUNO

23 de JUNIO de 2018 / SANTIAGO Miles de personas participan de la "Marcha por el Orgullo 2018", convocada por el Movilh y la Fundación Iguales. FOTO: HANS SCOTT / AGENCIAUNO

Este lunes, el Registro Civil e Identificación anunció que se encuentra habilitada la plataforma que permite la solicitud de horas para que las parejas del mismo sexo accedan al matrimonio igualitario.

En detalle, el anuncio fue realizado por la cuenta oficial de Twitter de la Subsecretaría de Derechos Humanos en donde publicaron: “¡Atención! Ya  puedes reservar hora para celebrar tu #MatrimonioIgualitario?. El nuevo sistema de matrimonio es para todas las parejas, sin importar su sexo”. 

¿Cómo puedo agendar y cuales son los requisitos para solicitar mi hora para el matrimonio igualitario?

Para poder ingresar a agendar tu hora de matrimonio, la cual puede ser realizada por cualquiera de los o las contrayentes, debes ingresar a http://registrocivil.cl, y pinchar en el banner Matrimonio Igualitario, en donde debes seguir los pasos que se te van indicando. 

Para poder reservar horas de matrimonio igualitario de forma digital, debes ser mayor de 18 años y contar con ambas cédulas de identidad al día. En tanto, las personas mayores de 16 y menores de 18 años podrán agendar presencialmente en oficinas del Registro Civil, por medio de sus padres o guardadores.

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¡OJO! Primero debes agendar hora para la manifestación y luego para la ceremonia de matrimonio (pueden ser el mismo día; o en días distintos, en este caso no deben pasar más de 90 días entre ambas instancias). A las dos citas deben asistir ambos contrayentes y dos testigos mayores de 18 años.

Mientras que si uno o ambos contrayentes tienen hijos(as) menores de 18 años de una relación distinta a la que se formaliza, y que se encuentren bajo su patria potestad, tutela o curaduría, deberán gestionar ante el Tribunal de Familia correspondiente, el nombramiento de un curador, con un formulario que debe ser previamente firmado a la realización de la diligencia ante el tribunal, por el/la Oficial Civil. Sin este documento no se podrá realizar la ceremonia.

En los casos de existir situaciones especiales como son contrayentes de mayores de 16 y menores de 18 años, matrimonios a domicilio, matrimonio en artículo de muerte, personas recluidas, personas hospitalizadas, se debe concurrir presencialmente a agendar con el Oficial Civil competente. 

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