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Pensiones alimenticias: 12 medidas clave del proyecto de ley que creará el Registro Nacional de Deudores

En el Congreso está en trámite una propuesta que busca que los morosos se pongan al día.

Deudores de pensiones alimenticias

Deudores de pensiones alimenticias

Las pensiones alimenticias volvieron a ser noticia por la acusación contra el candidato presidencial Franco Parisi, al que un reportaje de Canal 13 señaló como deudor de 207 millones de pesos.

El ingeniero comercial, quien se encuentra en Estados Unidos, negó el hecho, pero no hay que olvidar que adeudar las pensiones alimenticias es lamentablemente, algo muy común.

De hecho, una manera de subsanar ese problema ha sido descontarla de los tres retiros de fondos previsionales.

La Superintendencia de Pensiones acaba de informar que las AFP han pagado el 88,9% de las liquidaciones por pensiones alimenticias mandatadas por los Tribunales de Familia.

Y eso corresponde a 507 mil solicitudes, por un monto promedio de 1.095.000 pesos

Siguiendo con el tema, desde el Ministerio de Justicia recordaron que hay un proyecto de ley que creará un Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias.

Esa propuesta está en segundo trámite constitucional, votándose en particular en la Comisión de Hacienda del Senado para su posterior despacho en Sala.

Con esta iniciativa, quienes integren la base de datos del Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias sufrirán consecuencias que les obligarán a pagar.

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Cambio en la lógica de las sanciones

La norma legal busca dejar lógica de las sanciones punitivas, como los arrestos, para para avanzar en la incorporación de sanciones de carácter patrimonial.

El Ministro de Justicia, Hernan Larraín, dijo que «este registro será una herramienta que terminará con la impunidad en el pago de las pensiones de alimentos».

«Generará graves restricciones patrimoniales y de acceso a diversas prestaciones a los deudores (…) La evidencia indica que las sanciones de arresto no son efectivas para el objetivo final, que es que paguen sus pensiones, y con estas nuevas medidas, lo primero que estamos asegurando es la cancelación total de la deuda», apuntó el ministro.

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Claves del proyecto sobre pensiones alimenticias

1.- En el Registro estarán quienes deban tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas

2.- Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.

3.-  Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería General de la República también retendrá parte del dinero que se adeude.

4.- Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso solo en la medida que se les acredite que con las ganancias será pagado lo adeudado.

5.- No se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes a los deudores de pensiones alimenticias, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.

6.-  Serán retenidas las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, cuando tengan deudas alimenticias.

ADN

Más medidas

7.- Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.

8.- Los órganos de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso Nacional que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal, deberán consultar antes el Registro.

Y si persona en cuestión es deudora, para acceder al cargo se retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda, hasta extinguirla completamente.

9.-  Los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas por pensiones alimenticias.

10.- Si una persona es despedida y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.

11.-  Se modifica el Código Civil, incorporándose la deuda por pensiones de alimentos a los créditos de primera clase.

12.- Queda establecida como parte de la evaluación de idoneidad a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no estar en el Registro.

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