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Ley de Protección al Empleo: AFC llamó a suscribir nuevas suspensiones para extender el beneficio

Los trabajadores junto al empleador deberán optar por la suscripción en modalidad acto de autoridad o un pacto de mutuo acuerdo.

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Ley de Protección al Empleo: AFC llamó a suscribir nuevas suspensiones para extender el beneficio

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Luego de un oficio de la Superintendencia de Pensiones, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) informó que los trabajadores que recibieron su último giro podrán seguir optando al pago de la Ley de Protección al Empleo.

Sin embargo, este beneficio solo se puede extender si el empleador realiza un nuevo pacto de suspensión de trabajo.

Para ello, los trabajadores deben acceder al sitio web pactos.afc.cl, ingresar el número de RUT de la empresa, RUT del solicitante y su respectiva contraseña, para luego acceder a completar los datos que la AFC solicitará.

«Al término de la suspensión anterior, si los trabajadores siguen suspendidos en sus contratos laborales es posible acceder a una nueva suspensión que tiene que suscribir el empleador, declarar juradamente las condiciones y de alguna manera optar por la suscripción en modalidad acto de autoridad o bien un pacto de mutuo acuerdo con sus trabajadores», explicó Daniel Manoli, gerente de Operaciones y Servicios de AFC.

No obstante, Manoli comentó que «hay que tener presente que existen restricciones de un límite máximo de giros con acceso al fondo de cesantía solidario«.

«Esto es que cuando tenemos un pacto de mutuo acuerdo el límite máximo son siete giros y cuando tenemos actos de autoridad el límite máximo son 10 giros«, detalló.

Luego de realizar el trámite los empleadores y trabajadores recibirán una notificación que acredite la correcta implementación del nuevo pacto de suspensión y por ende, las fechas de un nuevo pago.

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