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¿Cuánto tiempo tengo para ir a votar si trabajo este domingo?: La directora del Trabajo respondió esta y otras dudas previas al plebiscito

Revisa las multas a las que se arriesgan los empleadores que no respeten las normas.

Plebiscito 2020

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"¿Cuánto tiempo tengo para votar si trabajo este domingo?: La directora del Trabajo respondió esta y otras dudas

10:20

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La directora del Trabajo, Lilia Jerez, aclaró en ADN Hoy diferentes dudas entorno al plebiscito de este domingo 25 de octubre.

«En términos general el día de plebiscito de votaciones populares, de acuerdo a la ley 18.700, que rige estos actos electorales, son días feriados. Por regla general, los trabajadores no se desempeñan los días feriados, tienen días libres, por lo tanto, pueden ir a votar», dijo.

«Dado que existen trabajadores que igual trabajan en días domingo o festivos, como es el caso, establece una excepción en especial y en particular para los trabajadores de comercio«, agregó.

Centros comerciales

«Quienes laboren en centros o complejos comerciales, y dichos trabajadores también estén administrados bajo una misma razón social en común, ellos tienen un día de feriado obligatorio, y por lo tanto, no tienen que desempeñar funciones. Esta excepción se da para los trabajadores de comercio que desempeñan sus labores en este día domingo que es festivo dado que es el plebiscito», indicó.

«Acá no es lo mismo a lo que estamos acostumbrados para los feriados irrenunciables. La norma es distinta, porque no es tan amplia como para los feriados irrenunciables, es más bien estricta. Señala que son los trabajadores de comercio que se desempeñan en centros o complejos comerciales que están administrados bajo el mismo dueño», aclaró.

Debido a esto, los malls y strip centers estarán cerrados, ya que para estos trabajadores es feriado obligatorio durante todo el día.

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Almacenes de barrio

De igual forma, la abogada señaló que «en los pequeños almacenes o trabajadores de barrio no se aplica esta norma, porque no estamos en presencia de un centro comercial».

«El dueño del almacén de barrio sí puede abrir, pero si tiene dependientes o trabajadores tiene que darles el permiso necesario para votar, que la ley establece que son dos horas por lo menos, y sin descuento de remuneraciones», sostuvo.

Permiso especial

Para todos las personas que sí deben trabajar (feriantes, bomberos, guardias de seguridad, etcétera), Jerez expresó: «La ley establece un permiso especial de hasta dos horas para poder ir a concurrir al plebiscito. Este permiso tiene que ser otorgado por el empleador, es obligatorio, y por cierto, es sin descuento de remuneraciones«.

«Por otro lado, también se establece un permiso especial para todos aquellos trabajadores que teniendo que trabajar el día domingo, hayan sido designados vocales de mesa. Ellos también tienen un permiso para ausentarse de sus labores» y sin descuento de remuneraciones.

Asimismo, en el caso de quienes necesiten más de dos horas, debido a la distancia con el lugar de votación, por ejemplo, la directora del Trabajo señaló: «La ley nos da dos horas, pero todos esperamos que los empleadores puedan facilitar a los trabajadores desplazarse a sus lugares de votación«.

Jerez añadió que los trabajadores u organizaciones sindicales puedan acordar exceder la norma de las dos horas.

Multas que arriesgan los empleadores

Respecto a las multas, la abogada explicó que hay dos tipos, y que son por empresa, no por trabajador. «Los empleadores que no cumplen la norma en cuanto a no dar este permiso de 2 horas, se arriesgan a multas que varían entre 9 a 40 UTM, que depende de la cantidad de trabajadores que tiene la empresa», destacó.

«Por su parte, aquellos establecimientos de comercio que no otorgan el feriado obligatorio para los trabajadores de comercio, se arriesgan a multas que varían entre 10 a 60 UTM, que también depende del tamaño de la empresa en relación al número de trabajadores que tenga», indicó.

¿Qué hacer si el empleador no respeta el permiso o feriado?

De igual forma, Jerez explicó que en el caso de los trabajadores que no les respeten el permiso o feriado obligatorio, hay dos opciones para denunciar.

«Tienen el teléfono 600 450 4000, de la Dirección del Trabajo. Vamos a atender hasta las 14:00 horas«, manifestó.

«También se va a habilitar un banner en la página de la Dirección del Trabajo, que va a estar disponible durante todo el día, no va a tener límite de horario, de tal manera que durante todo el proceso del plebiscito un trabajador al cual no se le esté otorgando el permiso de las dos horas o no se le haya respetado el feriado obligatorio, denuncie y nosotros vamos a concurrir a la brevedad a fiscalizar«, concluyó.

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