Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención aprueba norma que prohíbe expulsiones colectivas
Además, se dio luz verde al derecho a migrar y al asilo, todas normas que fueron elaboradas por un grupo transversal de constituyentes junto a la Coordinadora Nacional de Inmigrantes.

8 de Abril del 2022/SANTIAGO Los convencionales, durante la Sesión N°63 Comisión Derechos Fundamentales, que se realiza en el ex congreso Nacional. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO
El pasado viernes, en una nueva sesión de la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, se aprobó en particular el derecho a migrar, el derecho al asilo y el principio de no devolución, artículos que pasarán a su respectiva votación en el Pleno del órgano redactor , para definir si serán parte del borrador de la nueva Constitución.
En detalle, fue aprobado el artículo 9 del informe de dicha comisión, el cual indica el derecho a migrar y define que “toda persona tiene derecho a migrar desde y hacia Chile con sujeción a la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. La regulación de este derecho se realizará por ley. No se identificará ni se considerará a ninguna persona como ilegal por su condición migratoria.»
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En esa línea, de ser aprobado, esta norma en su inciso segundo manifiesta que “el Estado, a través de sus órganos y de las políticas migratorias, deberá respetar, garantizar y promover los derechos humanos de las personas en contexto de movilidad humana sobre la base de los principios de igualdad, universalidad perspectiva de género, enfoque diferenciado, inclusión y unidad familiar”.
Asimismo, se estableció que “se encuentran prohibidas las expulsiones colectivas”.
Derecho al asilo y el principio de no devolución
En tanto, respecto al derecho al asilo, la Comisión de Derechos Fundamentales, aprobó que “toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo, de acuerdo con la legislación nacional y los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile, y que se encuentren vigentes”.
“Una ley regulará el procedimiento de solicitud y reconocimiento de la condición de refugiado, así como las garantías y protecciones específicas que se establezcan en favor de las personas solicitantes de asilo o refugiadas”, se agrega.
Finalmente y respecto al principio de no devolución, se consignó que “ninguna persona solicitante de asilo o refugiada será regresada por la fuerza a las fronteras de territorios donde su vida o libertad pueden verse amenazadas, corra riesgo de persecución o graves violaciones de derechos humanos. Esto incluye las devoluciones masivas de grupos o personas”.
Cabe señalar que dichas normas aprobadas, fueron elaboradas por un grupo transversal de constituyentes junto a la Coordinadora Nacional de Inmigrantes.
Un avance para políticas migratorias del futuro
Al respecto, la convencional por el distrito 12, Alondra Carrillo declaró a ADN que estas normas aprobadas son un avance para dar un marco de derechos humanos a futuras políticas públicas en la materia.
“Nuestro país enfrenta una crisis humanitaria a raíz de los procesos migratorios de los últimos años y por eso es particularmente importante que hayan sido aprobados el derecho a migrar y el derecho al asilo en la comisión, porque permiten avanzar hacía dar un marco de derechos humanos a las políticas de regularización migratoria que se impulsen en nuestro país a futuro», detalló la constituyente.
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