Licencia de conducir en Chile: las 38 patologías por las que pueden rechazarla o reducir su duración
El diagnóstico no implica una negativa automática: la evaluación médica considera gravedad, síntomas y tipo de permiso.


En Chile, 38 patologías pueden influir en la evaluación médica para obtener o renovar una licencia de conducir. El criterio está contenido en la Resolución Exenta 1194, publicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en 2020, que aprobó un instructivo para los médicos de los Gabinetes Técnicos Municipales.
El documento no establece que un diagnóstico implique automáticamente perder o no obtener el permiso. La evaluación considera la enfermedad, su gravedad, los síntomas, los controles médicos y el tipo de licencia.
Según el caso, el examinador puede aprobarla, reducir su vigencia, solicitar antecedentes de un especialista o rechazarla. La Ley de Tránsito establece que “no se otorgará licencia de conductor a quien carezca de aptitudes físicas o psíquicas” que permitan manejar de manera segura.
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El reglamento también fija enfermedades y alteraciones que pueden impedir la conducción.
Las 38 patologías que pueden afectar la licencia de conducir
El instructivo contempla las siguientes enfermedades y condiciones de salud:
- Trastornos por consumo de alcohol.
- Diabetes mellitus tipo 1 y 2.
- Epilepsia.
- Cáncer.
- Alzheimer u otras demencias.
- Infarto agudo al miocardio.
- Hipertensión arterial.
- Aneurisma aórtico abdominal y torácico.
- Angina de pecho.
- Angioplastia.
- Arritmia.
- Terapia anticoagulante.
- Desfibrilador cardíaco implantado.
- Aneurisma cerebral.
- Marcapasos cardíaco.
- Cardiopatías congénitas.
- Paro cardíaco.
- Bypass de la arteria coronaria.
- Miocardiopatía dilatada.
- Alteraciones en electrocardiograma.
- Insuficiencia cardíaca.
- Trasplante cardíaco.
- Enfermedades de las válvulas del corazón.
- Síncope cardioinhibitorio, por disfunción vasovagal o autonómica.
- Miocardiopatía hipertrófica.
- Crisis de isquemia transitoria.
- Trastornos psiquiátricos.
- Uso de benzodiacepinas.
- Consumo perjudicial o dependencia de drogas ilícitas.
- Insuficiencia respiratoria crónica.
- Trastornos neuromusculares, como esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson y distrofia muscular progresiva.
- Traumatismo encéfalo craneano.
- Accidente vascular encefálico.
- Disfunción vestibular.
- Defectos anatómicos o funcionales del sistema musculoesquelético.
- Diplopía.
- Cataratas.
- Hipoacusia.
Si un postulante reprueba el examen médico, la Ley de Tránsito permite solicitar una nueva evaluación al Servicio Médico Legal o a un establecimiento especializado que este designe. Si el resultado resulta favorable, esa evaluación prevalece sobre la anterior.
Javier Méndez
Redactor en Radio ADN desde 2023. Antes en La Tercera (Culto). Especialista SEO, formado en la Universidad...




