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Ley REP: Tribunal Ambiental anula decreto que fijaba metas para recolección y valorización de aceites lubricantes

Con esta determinación, el Segundo Tribunal Ambiental ordenó al Ministerio del Medio Ambiente dictar un nuevo decreto que corrija los vicios detectados.

Getty Images

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El Segundo Tribunal Ambiental anuló un Decreto Supremo que establecía metas de recolección y valorización de aceites lubricantes en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP).

La decisión se produjo tras acoger dos de las tres reclamaciones presentadas contra la normativa dictada por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA).

El tribunal concluyó que durante la elaboración del decreto existieron ilegalidades relacionadas con las restricciones impuestas a los sistemas individuales de gestión y con las facultades entregadas a los comercializadores de aceites lubricantes usados.

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Por ello, ordenó al ministerio elaborar una nueva regulación “en el plazo más breve posible” para subsanar los vicios detectados.

Tribunal detectó “vicios esenciales”

Uno de los principales cuestionamientos apunta a la regulación de los sistemas individuales de gestión. Según la sentencia, la denominada restricción parcial operaba en la práctica como una prohibición total, debido a las dificultades para cumplir con las exigencias de seguimiento y trazabilidad.

El fallo sostuvo que aquello terminaba “privando al productor de su derecho de opción para el cumplimiento de sus obligaciones de la REP”.

Además, el tribunal estimó que el MMA no justificó suficientemente que los sistemas individuales pudieran provocar distorsiones de mercado capaces de poner en riesgo el funcionamiento de la Ley REP. La sentencia recordó que los argumentos utilizados por la autoridad ambiental ya habían sido analizados por la Fiscalía Nacional Económica y “fueron descartados por dicho ente especializado en la materia”.

Otro punto cuestionado fue la posibilidad de que los comercializadores valorizaran por sí mismos, o mediante gestores, los aceites lubricantes usados. El tribunal determinó que dicha atribución contravenía la Ley N°20.920, que la reserva expresamente para los consumidores industriales. “En consecuencia, se configura un vicio de legalidad que deberá ser corregido por el MMA”, indicó el fallo.

En concreto, el Segundo Tribunal Ambiental acogió las reclamaciones presentadas por Copec S.A. y Empresa Nacional de Energía Enex S.A., mientras rechazó la acción de PTH Grupo Ambiental Ltda..

La Ley REP obliga a los productores a hacerse cargo de los residuos generados por sus productos una vez terminada su vida útil, incluyendo categorías como aceites lubricantes, neumáticos, baterías, envases y aparatos eléctricos y electrónicos.

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