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Rebajar jornadas y cumplir más de una función: las complejas medidas propuestas por la Mesa de Reactivación Laboral

El informe final entregado al Ministerio del Trabajo propone un mecanismo para que las empresas reduzcan la jornada laboral durante crisis económicas sin afectar el ingreso final del trabajador. Además, piden modificar el Código del Trabajo para permitir que los empleados asuman múltiples funciones sin importar su naturaleza.

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Trabajo / Morsa Images

La Mesa de Reactivación Laboral, instancia independiente convocada por el Ministerio del Trabajo y liderada por el economista David Bravo, entregó su informe final con 22 medidas orientadas a combatir el complejo escenario laboral del país, marcado por un 9,1% de desocupación y la pérdida de 70 mil empleos formales desde el año 2022.

Dentro del paquete de reformas estructurales para flexibilizar la regulación, el grupo de expertos puso especial énfasis en dos mecanismos orientados a proteger los puestos de trabajo y adaptar las contrataciones a los nuevos tiempos: la reducción temporal de jornadas ante shocks económicos y la polifuncionalidad laboral sin restricciones de naturaleza.

Reducción de jornada y sueldos compensados por el Seguro de Cesantía

Para evitar desvinculaciones masivas frente a caídas transitorias de la demanda, el informe propone un mecanismo permanente inspirado en el sistema Kurzarbeit que utilizó Alemania durante la crisis de 2009. La medida sugiere que, ante contracciones severas de la actividad nacional o regional, las empresas puedan pactar con sus empleados una reducción de la jornada laboral efectiva.

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Bajo este modelo, el empleador pagaría únicamente el sueldo proporcional a las horas efectivamente trabajadas. Sin embargo, para garantizar la estabilidad de los ingresos del trabajador, las horas reducidas serían compensadas, de manera parcial o total, utilizando los recursos del Seguro de Cesantía. Como resguardo para los empleados, el acceso de las empresas a este mecanismo exige la prohibición absoluta de realizar despidos por “necesidades de la empresa” durante todo el periodo que dure el pacto.

Polifuncionalidad: Fin a la restricción de “única naturaleza”

El segundo eje fundamental busca destrabar las restricciones en las tareas que pueden realizar los trabajadores, modificando directamente el artículo 10 Nº3 del Código del Trabajo. El diagnóstico de la Mesa advierte que interpretaciones recientes de la Dirección del Trabajo y de los tribunales han debilitado la polifuncionalidad al exigir que las funciones alternativas pactadas respondan a una “única naturaleza de servicios”. Según los especialistas, atar un contrato a una sola descripción de cargo dificulta la adaptación ante el cambio tecnológico y la automatización.

Para solucionar esto, los expertos recomiendan una modificación legal explícita que permita a empleadores y trabajadores pactar dos o más funciones distintas, “independientemente de la naturaleza que tengan”. La única condición será que estas labores, ya sean alternativas o complementarias, queden claramente especificadas desde un principio en el contrato de trabajo.

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