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Sentencian a abogado que engañó a clientes y retuvo millonarios pagos en Concepción

Además de la pena de cárcel, el jurista fue inhabilitado por años para ejercer la profesión y deberá restituir parte de lo adeudado con reajustes e intereses.

Sentencian a abogado que engañó a clientes y retuvo millonarios pagos en Concepción

Sentencian a abogado que engañó a clientes y retuvo millonarios pagos en Concepción / Kawee Srital-on

En Concepción, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal sentenció a Carlos Humberto Donoso Rojas por dos episodios que el tribunal calificó como “apropiación indebida” y por el delito de prevaricación: cuando la confianza profesional se usó como llave para abrir la caja fuerte ajena. La resolución —adoptada en fallo unánime por la magistrada Cecilia Grant del Río (presidenta) y los jueces Gonzalo Díaz González y David Pastén Ahumada (redactor), causa rol 41-2024— impuso penas efectivas de 3 años y un día y 541 días de presidio por las apropiaciones, además de inhabilitaciones especiales temporales para ejercer como abogado por 7 años y por 5 años y un día por la prevaricación.

El primer caso se remonta al 23 de noviembre de 2017. Ese día, en Concepción, Donoso Rojas depositó $4.138.546 en su cuenta personal. Era la totalidad del porcentaje que le correspondía a su cliente Erick Godoy Riffo por un juicio tramitado ante el Tercer Juzgado Civil. Según el fallo, el dinero lo recibió de la comunera Cecilia Parra en su calidad de mandatario judicial del ofendido; estaba obligado a traspasarlo, pero no lo hizo. En lugar de rendir cuentas, evitó a la víctima y ocultó el término de la causa.

La segunda historia comenzó en 2014. Sergio Castro Miranda contrató al abogado para tramitar el término de contrato de arriendo contra el Serviu por un inmueble céntrico. La acción prosperó y el Servicio fue condenado a pagar $55.864.232. El tribunal estableció que Donoso retiró y cobró ese monto al día siguiente, sin entregar un peso a su representado y mintiendo: le aseguró que la causa seguía pendiente y que, por ello, no podía arrendar la propiedad.

Para los jueces, no hubo dudas: “más allá de toda duda razonable”, ambos episodios configuran apropiación indebida y revelan prevaricación: el quiebre deliberado del deber de lealtad y probidad que impone el ejercicio de la abogacía. En palabras simples, usar el mandato para apropiarse de lo ajeno y falsear a sus propios clientes la realidad procesal.

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Además de las penas privativas de libertad y las dos inhabilitaciones para ejercer como abogado (de 7 años y de 5 años y un día), el tribunal impuso accesorias legales: inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena por las apropiaciones. A ello se suman cuatro multas que totalizan 59 Unidades Tributarias Mensuales.

En el capítulo civil, los jueces acogieron parcialmente la pretensión de Erick Godoy Riffo y ordenaron el pago de $5.628.423, más intereses y reajustes. Es la traducción pecuniaria, imperfecta pero exigible, de un daño que empezó con un depósito silencioso y continuó con el teléfono que no suena.

El veredicto deja una señal nítida en el foro penquista: la confianza no es una metáfora del derecho, es su sustancia. Cuando el profesional se queda con el dinero de quienes le abren la puerta y el expediente, el derecho penal entra a escena, no solo para castigar, también para recordar que la fe pública es un capital que no admite retiros indebidos.

Con la sentencia, Carlos Humberto Donoso Rojas deberá cumplir presidio efectivo y quedará fuera del ejercicio profesional por años. Para sus exclientes, en cambio, comienza la larga tarea de recomponer patrimonio y certezas: volver a creer que la firma al pie de un mandato no es un salto al vacío.

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