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Extienden toque de queda para sectores afectados por incendios en la región de Valparaíso: revisa hasta cuándo y en qué lugares rige la medida

La prohibición de la circulación tiene como objetivo resguardar la seguridad de la población y proteger tanto la propiedad pública como privada.

Extienden toque de queda para sectores afectados por incendios en la región de Valparaíso: revisa hasta cuándo y en qué lugares rige la medida

Extienden toque de queda para sectores afectados por incendios en la región de Valparaíso: revisa hasta cuándo y en qué lugares rige la medida / Diego Martin

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En el marco de la situación de emergencia generada por los recientes incendios en la región de Valparaíso, el Jefe de la Defensa Nacional para las Provincias de Marga Marga y Valparaíso, contraalmirante Daniel Muñoz, extendió el toque de queda en las comunas de Quilpué y Viña del Mar.

La medida tiene como objetivo resguardar la seguridad de la población y proteger tanto la propiedad pública como privada.

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¿Hasta cuándo se extiende el toque de queda?

La extensión del toque de queda, establecida en el Bando N° 16, tendrá vigencia desde las 22:00 horas del miércoles 21 de febrero hasta las 05:00 horas del día miércoles 28 de febrero de 2024. Se aplicará exclusivamente en las zonas de afectación específicas, las cuales son detalladas a continuación:

Comuna de Quilpué:

  • Sector Pompeya Norte
  • Sector Pompeya Sur
  • Sector Población Argentina

Comuna de Viña del Mar:

  • Sector Población Manuel Bustos
  • Sector Los Almendros
  • Sector Villa Dulce Norte
  • Sector Villa Dulce Ampliación
  • Sector Villa Dulce Crav
  • Sector Olivar Sur
  • Sector Olivar Norte
  • Sector Villa Independencia
  • Sector Monte Sinai
  • Sector las Pataguas
  • Sector Naciones Unidas
  • Sector el Dorado

Durante el horario establecido, queda estrictamente prohibida la circulación peatonal y vehicular en las vías públicas de las zonas mencionadas. Se exceptúa de esta prohibición al personal de servicios esenciales como Bomberos, Conaf, Senapred, asistencia de salud, Fuerzas Armadas, personal policial, municipal, regional, de empresas de transporte público, empresas del Estado, servicios básicos, supermercados, establecimientos de víveres y provisiones, farmacias, trabajadores portuarios, actividades marítimas, entre otros.

Se destaca que se podrán otorgar salvoconductos a quienes lo requieran para situaciones de emergencia, debidamente solicitados a la autoridad policial o militar correspondiente. Cualquier transgresión a estas disposiciones será sancionada y puesta a disposición del Ministerio Público o los Tribunales de Justicia competentes.

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