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Avanza proyecto que regula venta, publicidad y consumo de alcohol tras 14 años de tramitación

La iniciativa propone que los productos alcohólicos lleven una advertencia en su envase. También regula las horas en que se puede emitir publicidad.

Drunk young adult male holding glass of alcohol, studio shot.

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Después de más de 14 años de tramitación, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que modifica el expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas.

En el proyecto se indica que toda bebida que presente 0,5 grados alcohólicos o más que esté destinada a su comercialización en Chile, deberá llevar en el envase una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo.

Esta advertencia deberá incluir una leyenda con frases que traten sobre los riesgos y consecuencias del consumo nocivo de alcohol, especialmente para poblaciones de riesgo, tales como embarazadas, menores de edad y conductores. Una iniciativa similar a la que se aplica con el tabaco.

La advertencia gráfica debe mostrar un auto, una mujer embarazada o un número 18 (relativo a la mayoría de edad), rodeados cada uno, por una circunferencia atravesada por una línea, con la finalidad de señalar simbólicamente que no se debe consumir alcohol si se piensa manejar un vehículo o por personas embarazadas.

Igualmente, los símbolos deberán abarcar, en conjunto, el 15% del tamaño de la etiqueta posterior del envase, caja o embalaje. Los avisos deberán estar siempre a la vista, en todos los puntos de venta de bebidas alcohólicas. El productor o fabricante será responsable de la adhesión de estas etiquetas, la que no deberá ser removible fácilmente.

Asimismo, el proyecto establece que la publicidad audiovisual y televisiva de un producto alcohólico solo podrá realizarse entre las 22:00 y las 06:00 horas. En las radios, la publicidad de este tipo de bebidas estará prohibida entre las 16:00 y 18:00 horas.

Multas por incumplir las normas de venta y publicidad del alcohol

De igual modo, se prohíbe cualquier acción gráfica que incentive el consumo de alcohol en bienes de uso público y actividades deportivas. Además, las multas por infracción a la norma en materia de advertencia en los envases de las bebidas van desde las 5 a las 200 UTM, con el comiso de las bebidas. En tanto, la infracción por publicidad será sancionada con multas que van desde las 20 a las 200 UTA.

La recaudación de estas multas se repartirá en un 40% a los Servicios de Salud para el financiamiento y desarrollo de programas de prevención, tratamiento y rehabilitación de personas alcohólicas. El 60% restante se destinará a los municipios, para la fiscalización de las infracciones y el desarrollo de los programas mencionados anteriormente.

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