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Ley Devuélveme mi Casa: la norma que permitió desalojar los departamentos tomados en el edificio «Shakira Tower I»

La normativa otorga la posibilidad a los propietarios de viviendas de recuperar sus inmuebles en un tiempo estimado de entre 3 y 4 meses.

Ley Devuélveme mi Casa: la norma que permitió desalojar los departamentos tomados en el edificio «Shakira Tower I»

Un problema recurrente es el que atraviesan aquellos propietarios que ponen en arriendo sus viviendas y no reciben el dinero mensual de los arrendatarios. Ante esa problemática, el Gobierno lanzó en julio del 2022 la Ley Devuélveme mi Casa. La ley 21.461 permite a los dueños propietarios recuperar sus propiedades en menos tiempo y desalojar de manera expedita a los arrendatarios morosos que no han cumplido con sus pagos correspondientes.

Esta normativa fue la que permitió desalojar a los once departamentos tomados en el edificio «Shakira Tower I» en el barrio Meiggs durante la mañana de este jueves.

La norma refuerza los derechos del propietario en la restitución del inmueble arrendado, en caso de rentas morosas, cuotas impagas o por motivos de uso del inmueble sin autorización alguna.

¿Cómo funciona la Ley Devuélveme mi Casa?

El abogado José Manuel Sandoval explicó a Las Últimas Noticias que son siete los pasos a seguir para desalojar a un arrendatario. Los plazos para recuperar las viviendas fluctúan entre los 3 y 4 meses dependiendo el caso.

Paso 1

El primer paso es realizar una demanda. Según explicó Sandoval, se presenta «ante el Juzgado Civil que corresponda a la propiedad. Debe contener todos los antecedentes e incluir un detalle de los montos de arriendo, servicios básicos o gastos comunes adeudados».

Paso 2

La resolución de la demanda se demora entre 48 a 72 horas en resolver. Esta le otorga diez días al demandado para defenderse o pagar lo que debe. «Si el inquilino se defiende, hasta ahí llega el procedimiento nuevo, teniendo que iniciar el trámite tradicional», indicó el abogado.

Paso 3

Luego de que el receptor notifica la demanda, transcurre un plazo entregado por el tribunal de, en promedio, 5 días. 

Paso 4

Tras la notificación, se le otorgan diez días de corrido al demandado para ponerse al día con los pagos o defenderse. 

Paso 5

En caso de que el arrendatario no tome ninguna carta en el asunto, se le debe solicitar al tribunal que lo certifique. «La certificación es la constatación, por parte del ministro de fe del tribunal, que no consta en el expediente que el demandado haya pagado lo adeudado o se haya defendido», detalló Sandoval.

Paso 6

Luego de ello, se le solicita al tribunal que ejecute el desalojo del arrendatario. «El trámite del lanzamiento debe ser efectuado por un receptor judicial, quien intima al demandado a entregar el inmueble», señaló el jurista. El receptor judicial se demora 5 días en promedio en dar el aviso. 

Paso 7

En caso de que el arrendatario se oponga a desalojar la vivienda e imponga resistencia, se les debe pedir a los tribunales que soliciten ayuda a la fuerza pública. La resolución tarda entre 48 y 72 horas. «La orden se envía como oficio a Carabineros; luego el receptor judicial coordina con la unidad policial y ellos concurren a efectuar el desalojo. El receptor debe llevar a personal especializado en cerraduras de puertas y personas que ayuden a sacar los muebles», cerró José Manuel Sandoval.

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