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Pasajes aéreos: Viajeros podrán ceder sus boletos y arrepentirse de compra

La normativa fue aprobada por la unanimidad del Senado tras ir a Comisión Mixta, cuando entre en vigencia beneficiará a miles de personas.

Pasajes aéreos: Viajeros podrán ceder sus boletos y arrepentirse de compra

Pasajes aéreos: Viajeros podrán ceder sus boletos y arrepentirse de compra / Francisco Castillo

A un paso de convertirse en ley quedó el proyecto que permite a los pasajeros de vuelos nacionales ceder sus tickets aéreos, hasta dos veces al año.

Esto luego que la sala del Senado aprobara por unanimidad el informe de la Comisión Mixta que zanjó las diferencias que surgieron entre ambas ramas del Congreso.

Esta iniciativa, considerada como una normativa de avanzada en el área, permitirá también que los pasajeros se retracten de su compra y reciban el reembolso de esta.

Cabe recordar que en la actualidad tanto la posibilidad de ceder pasajes o bien retractarse de la compra no están permitidas, lo que genera un grave perjuicio económico a los viajeros.

El proyecto tuvo su origen en distintas mociones, y en lo fundamental regula la cesión del derecho a ser transportado en vuelo de cabotaje.

La iniciativa también regula la cesión del pasaje y el derecho a retracto en la compra.

Se establece que un pasajero podrá ceder su ticket hasta 24 horas antes del horario del vuelo, de manera presencial o a través de la página web de la aerolínea.

Y esto es posible hacerlo hasta por un máximo de dos veces en el año, una por cada semestre, bajo determinadas condiciones.

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Condiciones para manejar los pasajes

También se dispone que un pasajero podrá poner término unilateralmente al contrato en vuelos nacionales.

Y tiene derecho al reembolso completo de lo pagado, y sin que se le pueda aplicar un descuento alguno.

Pero debe efecuarlo dentro de las 48 horas posteriores a la adquisición de un pasaje, cuya salida se encuentre programada en los siete días corridos siguientes.

O bien dentro de los siete días posteriores, contados desde la fecha de compra sel pasaje.

Eso sí, el vuelo debe ser en un plazo igual o superior a 180 días desde la adquisición del boleto.

También es sancionada las transgresiones a las normas de cesión voluntaria y gratuita de pasajes aéreos nacionales.

Las multas van de once a veinte Unidades Tributarias Mensuales (desde 589 mil pesos a $1.070.000).

Y puede aumentar de 21 a 30 UTM ($1.123.00 a $1.605.000) y también a presidio menor en su grado medio (desde 541 días a tres años y un día) en caso de reiteración de dichas conductas.

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