• 05 DIC 2025

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Bono al Trabajo de la Mujer: Cómo acceder y cuáles son los montos del beneficio

Este subsidio estatal busca fomentar la incorporación y la permanencia laborales de dependientes o independientes.

Bono al Trabajo de la Mujer: Cómo acceder y cuáles son los montos del beneficio / MAURICIO MENDEZ/ AGENCIAUNO

El Bono al Trabajo de la Mujer es un es un beneficio en dinero que entrega el Estado para mejorar los ingresos de trabajadoras de 25 a 59 años con once meses de edad.

Este Bono al Trabajo de la Mujer es entregado por una única vez y su duración es de hasta cuatro años consecutivos.

Lo que se busca con este subsidio fiscal es fomentar la incorporación y la permanencia laborales de las mujeres, ya que las empresas también pueden optar al Bono al Trabajo de la Mujer.

Requisitos para postular al Bono al Trabajo de la Mujer

1.- Hay que desempeñarse en el ámbito laboral de manera dependiente o independiente.

2.- Se debe pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población.

3.- Hay que estar con las cotizaciones al día.

4.- No debe ser trabajadora en una institución del Estado (municipios incluidos) o en una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Cómo hay que postular

Las trabajdoras que cumplan con los requisitos señalados para acceder al Bono al Trabajo de la Mujer pueden postular a él durante todo el año en el sitio web https://sistemas.sence.cl/btm

Ahí deben ingresar con su Clave Única o bien con su Clave Sence.

La aprobación o rechazo de la solicitud puede demorar hasta noventa días.

En la solicitud hay que dejar establecido que el pago puede ser recibido a través de un depósito en una Cuenta RUT o en una cuenta bancaria.

Otra alternativa de paga es retirar el dinero de forma presencial en las sucursales del BancoEstado o del BancoEstado Express.

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Los montos del Bono al Trabajo de la Mujer

Hay dos maneras de recibir el pago de este subsidio: anual o bien cada mes.

Para el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer hay que poseer una renta bruta anual inferior a $6.018.539.

Esta es la forma recomendada, pues por su fórmula de cálculo tal modalidad no está sujeta a devolución de dinero.

El pago se realiza durante la segunda quincena de agosto, según las rentas percibidas el año anterior entre enero y diciembre. Y la cantidad máxima a la que se puede acceder es $534.981.

Si la trabajadora elige el pago mensual, la renta bruta cada mes tiene que ser menor a $501.545. La contra es que por su fórmula de cálculo, podría estar obligada a devolver dinero.

Aquí lo que se efectúa son anticipos del pago anual, correspondientes al 75% del total, mientras que el resto es entregado con el habitual pago anual de agosto. Y en esta modalidad el pago máximo es de $33.436 al mes.

Si se opta por la opción mensual, el primer pago es realizado cuatro meses después de la fecha de postulación.

Y ese pago siempre es el último día hábil de cada mes, a excepción de septiembre y diciembre.

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