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Subsidio de Arriendo Especial Clase Media: así funciona y se postula al beneficio

Este aporte estatal es un beneficio al que se puede postular hasta el próximo viernes 30 de julio en la web del Minvu.

Subsidio de Arriendo Especial Clase Media: así funciona y se postula al beneficio

Subsidio de Arriendo Especial Clase Media: así funciona y se postula al beneficio / AILEN DÍAZ/AGENCIAUNO

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El Subsidio de Arriendo Especial Clase Media es una ayuda económica estatal que busca apoyar a las familias mediante el subsidio de una parte del arriendo de sus viviendas.

Es una ampliación del ya existente Subsidio de Arriendo a la Clase Media, y las familias podrán obtener un monto diferenciado del subsidio dependiendo de su situación.

Para acceder a este beneficio se puede o no contar con el Registro Social de Hogares (RSH) y hay que acreditar cesantía o bien una baja de al menos un 30% en los montos de ingreso.

También se debe presentar el contrato de arriendo vigente y hay que allegar una declaración jurada simple (no ante notario) firmada por el arrendador.

Este Subsidio de Arriendo Especial Clase Media es entregado durante tres meses, y podrá ser hasta de $250.000 para arriendos de hasta $600.000, con una cobertura de hasta el 70%.

La fecha de postulación comenzó el pasado martes 16 de marzo y terminará el viernes 30 de julio. El programa está presente en todo el país, pero existen cupos limitados.

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Así es el Subsidio de Arriendo Especial Clase Media

El Subsidio de Arriendo Especial Clase Media está destinado a todas las personas mayores de 18 años con cédula de identidad chilena.

Por su parte, los postulantes adultos mayores jubilados no requerirán acreditar cesantía o disminución de ingresos, por lo que solo deben presentar su comprobante de pago de pensión de vejez.

Ya han sido beneficiadas 50 mil familias con el Subsidio de Arriendo Especial Clase Media, y la transferencia es hecha de manera directa al arrendador, quien recibe de una sola vez el pago por los tres meses subsidiados.

Se postula en la web oficial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, www.minvu.cl

Cómo acreditar la cesantía

La falta de trabajo se podrá acreditar mediante uno de los siguientes documentos:

– Presentación del finiquito de contrato de trabajo cuya fecha no debe ser anterior al 1 de marzo de 2020, junto con el certificado de pagos de cotizaciones previsionales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) respectiva, en el que conste la cesantía.

– Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

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Cómo demostrar la disminución de al menos el 30% en ingresos

Se requiere solo uno de los siguientes documentos:

– Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.

– Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios en las que conste la disminución de los ingresos.

– Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o el de pagos de Cotizaciones en FONASA en los que conste la disminución de los ingresos.

– Modificación del contrato de trabajo en el que conste la disminución de los ingresos.

– Si los ingresos no se pueden acreditar de una de las formas antes señaladas, para certificar su disminución se podrá presentar un informe social de una entidad o servicio público, por ejemplo una municipalidad, que dé cuenta de la situación socioeconómica actual del postulante y de la disminución de sus ingresos.

– Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.

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