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Suprema confirma que no se puede exigir a migrantes comprometerse a no volver a Chile

Gobierno obligaba a beneficiados de plan humanitario de retorno al país de origen a firmar un documento que se comprometían a no volver por 9 años.

Aeropuerto Arturo Merino Benítez

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La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que determinó que el gobierno de Chile no puede exigir a los extranjeros que se acogen a un plan humanitario de retorno a sus respectivos países firmar una declaración donde se comprometen a no volver al país por nueve años.

Esto luego de acoger el 3 de julio recién pasado un recurso de amparo presentado en representación de 26 ciudadanos extranjeros.

«En el derecho público solo se puede hacer aquello que la ley permite, por lo que dentro del contexto de la libertad ambulatoria de una persona, reconocido como derecho fundamental en la Constitución Política de la República, su restricción solo puede fundarse en la ley», indica el fallo.

Es por eso que «la exigencia de asumir un compromiso de no retornar al país dentro de nueve años no se ajusta a ninguna norma legal, tampoco lo es, que una medida humanitaria requiera para acceder a ella de una determinada contraprestación como lo entiende la autoridad, olvidando precisamente su adjetivo de ‘humanitario. En los hechos se trata de 26 personas que se encuentran en una precaria situación, incluso viviendo en la calle por lo que la exigencia que se les hace, en esas condiciones, difícilmente puede considerarse como ‘voluntaria«.

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