Gobierno recalcó que 25 de diciembre y 1 de enero son descansos irrenunciables para trabajadores del comercio
A su vez, señaló que pueden prestar servicios las personas que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, en farmacias de turno y el personal que expende combustibles.
El Gobierno recordó este jueves que los feriados del 25 de diciembre y el 1 de enero son días de descanso irrenunciables para los trabajadores del comercio, lo que permite conciliar la vida laboral y familiar.
Según el dictamen vigente de la Dirección del Trabajo, son dependientes de comercio aquellas personas que se relacionen con la venta directa al público de mercaderías o productos, como vendedores, cajeros, empaquetadores, promotores y vendedores integrales.
La información publicada en el sitio web (www.gobiernodechile.cl), señala que "por el contrario, pueden prestar servicios en los días 25 y 31 de diciembre los trabajadores que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, el personal que expende combustibles y el que se desempeña en farmacias de urgencias o de turno".




