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Corte Suprema determinó que ANFP no castigará a Deportes Valdivia por recurrir a la justicia

El máximo tribunal del país zanjó que el elenco de la Región de los Ríos no puede perder la licencia deportiva por haber reclamado ante tribunales ordinarios por solicitar la "cuota de incorporación".

Corte Suprema determinó que ANFP no castigará a Deportes Valdivia por recurrir a la justicia

Corte Suprema determinó que ANFP no castigará a Deportes Valdivia por recurrir a la justicia

Este jueves, la Corte Suprema entregó un fallo sin precedentes para el fútbol chileno pues resolvió que la ANFP no puede sancionar a Deportes Valdivia por haber recurrido a la justicia.

Todo partió años atrás luego del reclamo sureño por el cobro de la famosa «cuota de incorporación» por su ascenso a la Primera B. Dicho conflicto derivó en que la Asociación Nacional de Fútbol Profesional inició un proceso de revocación de licencia y una eventual desafiliación.

Ante dicho conflicto, la sociedad «El Torreón SADP», que dirige los destinos del club de la Región de los Ríos, acudió a la Corte de Apelaciones de Valdivia, que le dio la razón a la ANFP.

Sin embargo, en Deportes Valdivia no se rindieron y recurrieron a la Corte Suprema, que finalmente emitió un fallo en el que se acogió el recurso de protección interpuesto «declarándose que las recurridas no podrán sancionar a Deportes Valdivia por acudir ante la justicia ordinaria»

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Las razones por las que la Corte Suprema respaldó a Deportes Valdivia

El fallo es un golpe a la ANFP pues va al fondo del problema y sienta un precedente en el que se establece la libertad de los clubes para recurrir a la justicia ordinaria sin arriesgar la cancelación de la licencia.

Entre otros argumentos, la Corte Suprema fundamentó su decisión en favor de Deportes Valdivia en el artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos

Ésta, en su apartado primero expresa: «Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter», se lee en el fallo, el cual puedes conocer íntegro aquí.

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