Pleno de la Convención despacha al borrador de nueva Constitución el derecho a la memoria y a participar y beneficiarse de los conocimientos
Estas normas corresponden al segundo informe de la Comisión de Sistemas de Conocimientos.
A esta hora, se realiza una nueva sesión del Pleno de la Convención Constitucional, en donde los y las convencionales se encuentran votando en general y particular el segundo informe emanado por la Comisión de Sistemas de Conocimientos y en los que va de la instancia, ya se han aprobado varios artículos que pasaran al borrador de la nueva Constitución.
Entre las normas que se aprobaron se encuentra el artículo 1, en su inciso primero que establece el “derecho a participar y beneficiarse de los conocimientos. Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar libremente de la creación, desarrollo, conservación e innovación de los diversos sistemas de conocimientos y a la transferencia de sus aplicaciones”.
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Igualmente el artículo 8, consignará en el borrador de la nueva Carta Magna que “el Estado, en conjunto con los pueblos y naciones indígenas preexistentes, adoptará medidas positivas para la recuperación, revitalización y fortalecimiento del patrimonio cultural indígena”.
Por su parte, el artículo 9, establece el “derecho a la Protección de Datos Personales: Todas las personas tienen derecho a la protección de los datos de carácter personal, a conocer, decidir y controlar el uso de las informaciones que les conciernen”.
Más artículos aprobados
También fue aprobado por el Pleno y pasa a ser parte de la nueva Constitución, el artículo 16, que manifiesta que es “deber del Estado preservar la memoria y garantizar el acceso a los archivos y documentos, en sus distintos soportes y contenidos”.
Asimismo se dio luz verde al artículo 17, inciso primero, que norma los patrimonios naturales y culturales y manifiesta que “el Estado reconoce y protege los patrimonios naturales y culturales, materiales e inmateriales, y garantiza su conservación, revitalización, aumento, salvaguardia y transmisión a las generaciones futuras, cualquiera sea el régimen jurídico y titularidad de dichos bienes”.
Además, se aprobó el artículo 20 que establece que la «difusión y educación sobre patrimonios. El Estado fomentará la difusión y educación sobre los patrimonios naturales y culturales, materiales e inmateriales.
Cabe señalar que con estos artículos aprobados, se alcanzan un total de 161 artículos que son parte ya del borrador constitucional.
Derechos de autor, un artículo rechazado
En tanto, el artículo número seis de este informe el cual consigna el “derecho a beneficiarse de los intereses morales y materiales”, es decir que regula los derechos de autor, fue rechazado en sus incisos 1 y 3, los cuales volverán a la Comisión de Sistemas de Conocimientos para volver a ser debatidos.
Por su parte, el inciso 2 de este artículo fue excluido completamente del debate y establecía: “Estos derechos comprenden el aprovechamiento y el uso de la obra o interpretación, por un tiempo que no será inferior al de la vida del titular, así como el reconocimiento a la creación, divulgación e integridad de éstas, conforme a lo que establezca la ley”.