Dictamen histórico: Corte Constitucional de Ecuador aprobó despenalización del aborto por violación
Hasta el momento se permitía si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una agresión sexual a una mujer con discapacidad mental.

On September 20, 2019, another massive march was held against the decision of the National Assembly of Ecuador not to give way to the request to decriminalize abortion in case of rape. Several groups of women in favor of abortion, groups against the violence of women and private citizens, moved to the avenues of the Historic Center of Quito to demand that the decision made by the assembly members be reassessed. The protesters broke the police siege thus entering the Plaza de la Independencia to demand the government of Lenin Moreno to positively result in the request for decriminalization of abortion. (Photo by Rafael Rodriguez/NurPhoto via Getty Images)

La Corte Constitucional de Ecuador resolvió este miércoles la despenalización del aborto por violación, en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad planteada por agrupaciones de mujeres el año pasado.
Por siete votos a favor y dos en contra, la Corte resolvió considerar inconstitucionales dos artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referentes a la interrupción del embarazo.
Hasta esta fecha, sólo se permitía el aborto si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una violación a una mujer con discapacidad mental.
En esta línea la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador se mostraron satisfechas con el fallo, expresando que se trató de «un avance necesario, aunque incompleto», agregando que seguirán luchando para la completa despenalización de la interrupción del embarazo.
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El alto tribunal declaró inconstitucionales los artículos 149 y 150 del COIP, el primero de los cuales estipulaba penas privativas de libertad de entre seis meses a dos años para una mujer que abortase o toda persona que interviniera en la interrupción voluntaria del embarazo.
El segundo artículo precisaba las dos situaciones en las que el aborto no era castigado, y que según las organizaciones de mujeres era discriminatorio en relación a otros casos de violación, fundamento de la demanda de inconstitucionalidad presentada en junio pasado.
«La despenalización del aborto por violación es un avance necesario, aunque incompleto, las mujeres ecuatorianas seguiremos luchando para ejercer el derecho a ser libres de disfrutar, defender, proteger nuestro cuerpo y salud integral», argumentó la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador en un comunicado.
En los alrededores de la sede de la Corte se reunieron decenas de mujeres con pañuelos de color verde con la leyenda «Decidir es nuestro derecho», que coreaban consignas como «Aquí están, estos son, los que quieren la violación».
No obstante, en el mismo lugar se manifestaron grupos de ciudadanos antiabortistas, que proclamaban «no al aborto, sí a la vida» o «el aborto no es un derecho».
En tanto, este lunes el presidente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana (CEE), monseñor Luis Cabrera, remitió una carta al presidente de la Corte Constitucional en la que le manifestaba que «el crimen de la violación no se soluciona con otro crimen».
Sin embargo, las organizaciones defensoras de derechos de la mujer buscaban una interrupción del embarazo legal siempre que sea producto de una violación, además de por incesto, estupro, inseminación no consentida o malformación del feto.
A pesar de eso, consideran la decisión del Constitucional un hito, especialmente para las niñas y adolescentes ecuatorianas, a la luz de las cifras oficiales que indican que 14 menores de 14 años y 159 adolescentes dan a luz cada año en el país, producto de violencia sexual.




