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“No es inconstitucional”: TC respalda a la Suprema y avala el proceso de remoción de jueces

El Tribunal Constitucional rechazó la impugnación del juez Jorge Saavedra, validando el artículo 41 y dando un espaldarazo al máximo tribunal frente a las críticas del gremio.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) falló a favor de la Corte Suprema al rechazar de forma unánime el requerimiento presentado por el juez Jorge Saavedra. El magistrado buscaba impugnar su cuaderno de remoción, abierto tras viajar al extranjero mientras se encontraba con licencia médica.

La resolución, redactada por el ministro Raúl Mera, declaró la constitucionalidad del artículo 41 del auto acordado del acta 108. Esta normativa regula los procesos de expulsión derivados de la aplicación del artículo 80 de la Constitución, otorgando un fuerte respaldo institucional al máximo tribunal del país ante las críticas emanadas desde las asociaciones gremiales.

El dictamen establece un precedente complejo para otros magistrados que intentaban frenar sus procesos disciplinarios bajo el argumento de vulneraciones al debido proceso. La decisión del organismo contó con el voto favorable de su presidenta, María Pía Silva, junto a las ministras Daniela Marzi, Nancy Yáñez, Marcela Peredo, Alejandra Precht, y los ministros Héctor Mery y Mario Gómez.

El argumento del TC para validar la remoción de jueces

En el texto de la sentencia, los ministros argumentaron que la normativa del Poder Judicial ejecuta directrices válidas y necesarias para la administración del sistema. “Se estima que el artículo 41 del Acta 108-2020 de la Corte Suprema no es inconstitucional, por lo que el requerimiento será desechado”, detalla el fallo, precisando que los autos acordados se dictan para velar por el expedito funcionamiento del servicio.

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El documento aborda también los cuestionamientos sobre una eventual falta de precisión en el concepto de “buen comportamiento” o la ausencia de un procedimiento probatorio más robusto en el artículo 80. Al respecto, el tribunal aclaró que dichas críticas apuntan al propio texto constitucional y no a la normativa interna del máximo tribunal, por lo que no logran sustentar un alegato de inconstitucionalidad.

Junto a la resolución principal, la Segunda Sala del TC notificó la inadmisibilidad de los requerimientos presentados por las juezas María José Salas, Lía Chepe y Kathyuzka Drpic. Esta medida procesal permite que el pleno reactive el cuaderno de expulsión de Salas y tome un acuerdo sobre su futuro. En los casos de Chepe y Drpic, la notificación de suspensión llegó tarde en su momento, por lo que la Corte Suprema ya había votado rechazando sus remociones, confirmando la continuidad de ambas en sus cargos.

Actualmente, el sistema mantiene suspendidos los cuadernos de los magistrados Daniel Urrutia, Óscar Pacheco, Carlos Jeria, María Verónica Arancibia y Katrina Chahin. Todos ellos recurrieron contra el mismo artículo del auto acordado recién avalado, enfrentando ahora una jurisprudencia directa que podría destrabar sus respectivas causas.

Mario Vergara

Mario Vergara

Editor general del área digital de Radio ADN. Enfocado en cobertura política y contingencia internacional....

 

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