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Corte de Apelaciones eleva a $90 millones indemnización estatal a hermanas víctimas de la CNI y el Comando Conjunto durante la dictadura

La resolución del tribunal de alzada modificó el fallo emitido, incrementando el resarcimiento económico en atención a la gravedad de los apremios sufridos.

Dictadura | Foto referencial

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En un fallo unánime, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la responsabilidad del Fisco de Chile y ordenó aumentar a un monto total de $90.000.000 la indemnización por concepto de daño moral en favor de las hermanas María Gabriela y María Paulina Richards Zepeda, quienes fueron detenidas y sometidas a torturas por agentes del Estado en junio de 1987 durante la dictadura.

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La resolución del tribunal de alzada modificó el fallo emitido originalmente por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, incrementando el resarcimiento económico en atención a la gravedad de los apremios sufridos y la extensión de su privación de libertad.

Respecto al desglose de los montos y los antecedentes que justifican el incremento, la Corte detalló las secuelas acreditadas en cada caso.

“En lo tocante a María Gabriela Richards Zepeda, considerando la extensión de la privación de libertad de aproximadamente dos años y nueve meses, y de haber sido víctima de torturas que le generaron severos problemas auditivos y psicológicos con secuelas que subsisten hasta la actualidad, se aumenta el monto a $60.000.000″, sostiene el fallo.

Agrega que: “respecto de María Paulina Richards Zepeda, atendida la circunstancia de ser menor de edad a la fecha de su detención, permanecer privada de libertad 15 días y presenciar torturas a sus familiares cercanos, se incrementará la suma a $30.000.000”.

Asimismo, el fallo ratificó los montos fijados en primera instancia para el resto del núcleo familiar víctima del operativo perpetrado por la CNI y el Comando Conjunto: $30.000.000 para el padre, Eliseo Richards Torres; $30.000.000 para la madre, Nancy Zepeda Salfate; y $12.000.000 para el tío de las jóvenes, Omar Zepeda Salfate.

El tribunal estipuló que los intereses a favor de las beneficiarias comenzarán a devengarse una vez que la parte demandada incurra formalmente en mora.

Gonzalo Miranda

Periodista de la UNAB, Editor web de Radio ADN desde el 2025, con pasos en diversos medios de comunicación...

 

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