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ANFP expone ante el Ministerio del Deporte los riesgos de la implementación de la ley de Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales

En el memorándum al que tuvo acceso ADN Deportes, la comisión de implementación de la legislación apuntó a una serie de reparos y vacíos reglamentarios.

Diego Martin

En mayo, el Presidente José Antonio Kast promulgó la reforma a la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas, valorando una legislación que permita traer transparencia a la propiedad de los clubes y busca mejorar la transparencia financiera.

El fin de una década de tramitación legislativa también implica la separación de la Federación de Fútbol de Chile (FFCh) de la ANFP, cuestión para lo cual en Quilin 5635 han trabajado con una Comisión de Implementación.

Dicha instancia, integrada por representantes de los clubes, la ANFP y la Federación de Fútbol de Chile, ha analizado los alcances de la ley y, en un memorándum al Ministerio del Deporte, al cual tuvo acceso ADN Deportes, planteó lo que a su juicio implica una serie de riesgos para la actividad.

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Por una parte, destacan problemas de carácter estructural y que, bajo su análisis requieren modificación por ley, los cuales detallamos a continuación.

  1. Conflicto de competencia disciplinaria (CNAD vs. Justicia del Fútbol)

La ley otorga potestad disciplinaria general al Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) sobre la FFCh, lo que colisiona con la jurisdicción exclusiva de la FIFA, CONMEBOL, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) y el Tribunal Federal Suizo, vulnerando la autonomía requerida por el fútbol internacional.

  1. Votación proporcional entre fútbol profesional y amateur

El mandato de que la votación en la asamblea de la Federación Deportiva Nacional sea proporcional a la cantidad de clubes afiliados “otorga un control político absoluto e invariable a la Asociación Nacional de Fútbol Amateur (ANFA, con más de 4.690 clubes)”, generando “un control político y administrativo absoluto y permanente del fútbol amateur sobre el profesional”.

  1. Injerencia en la nominación de Selecciones Nacionales

La exigencia legal de una Comisión Técnica que proponga las delegaciones para competencias internacionales contraviene los estatutos de la FIFA, donde la confección de nóminas y la elección de cuerpos técnicos es facultad exclusiva de la federación y sus órganos deportivos.

  1. Comisión de Deportistas con voz y voto vinculante

Se obliga a incluir en el Directorio y en las asambleas de la Federación Deportiva Nacional a representantes de deportistas elegidos mediante criterios olímpicos ajenos a la estructura del fútbol profesional.

  1. Ausencia de garantía de continuidad legal para la FFCh

A diferencia de la ANFP, cuya continuidad legal se garantiza expresamente al convertirse en Liga Deportiva Profesional, no existe una cláusula equivalente para la FFCh en su transformación a Federación Deportiva Nacional, poniendo en riesgo la conservación de su patrimonio e identidad histórica iniciada en 1895.

  1. Cambio obligatorio de nombre y logotipo institucional

La ley exige incluir obligatoriamente la sigla “FDN” en la denominación de la federación, lo que fuerza a modificar el nombre histórico de la Federación de Fútbol de Chile (vigente desde 1926) y su insignia institucional.

  1. Requisitos territoriales y de número mínimo de clubes

Las exigencias de presencia en más de 5 regiones y un mínimo de 15 clubes fueron diseñadas para federaciones olímpicas y no calzan con la realidad del fútbol federado. “El alcance nacional del fútbol es indiscutido, pero cuya estructura federativa difiere de un simple conteo de clubes por región”, resaltan en el memorándum.

  1. Exigencia de un año de antigüedad para optar al Directorio

El requisito de tener un año de afiliación previa para ser candidato al Directorio resulta de imposible cumplimiento para la elección agendada para 2027, pues “ningún candidato podría cumplir con el requisito, dado que ningún club habrá estado afiliado a la Federación Deportiva Nacional recién constituida por ese lapso de tiempo”.

A todo lo anterior, el memorándum de la ANFP plantea una serie de elementos que, a su juicio, implican regulación regalamentaria, como zanjar quién implementará el registro de agentes de jugadores, quién ejercerá las facultades fiscalizadoras y la necesidad de reglamentar el sistema de valorización de acciones “para evitar barreras de entrada y normar las ventas forzosas de acciones derivadas de ascensos, descensos o desafiliaciones deportivas”.

Todo esto espera respuesta por parte del Ministerio del Deporte en función de que se pueda concretar la separación de la ANFP de la Federación de Fútbol de Chile.

 

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