CMF sanciona a cinco bancos por entregar créditos a deudores de pensión de alimentos sin retención
El regulador detectó incumplimientos a la ley que protege el pago de pensiones de alimentos.

Cinco entidades bancarias fueron sancionadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) tras detectarse que otorgaron créditos a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos sin retener parte de los recursos para el pago de esa obligación, como exige la legislación vigente.
Según informó el organismo regulador, las instituciones incumplieron la Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, que obliga a los bancos a consultar el registro correspondiente y, en caso de conceder un préstamo a un deudor, retener una parte del monto para destinarlo al pago de la pensión adeudada.

CMF
Las multas fueron aplicadas a Banco Itaú Chile (367,33 UF), Banco Falabella (329,17 UF), BancoEstado (272,26 UF), Banco Ripley (208,81 UF) y Banco Internacional (109,64 UF).
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La CMF explicó que el monto de cada sanción se definió considerando factores como el número de operaciones observadas, la gravedad de los incumplimientos y el historial de infracciones de cada entidad.
En el caso de Banco Itaú Chile, que recibió la multa más alta, el regulador detectó tres operaciones que infringieron la normativa y además tuvo en cuenta sanciones previas aplicadas durante los últimos cinco años, incluidas dos por incumplimientos relacionados con la misma ley.
Por el contrario, Banco Internacional recibió la sanción más baja, ya que el incumplimiento correspondió a un único caso y su historial reciente contemplaba solo una infracción anterior, no vinculada a esta materia.
Las resoluciones fueron emitidas el pasado 25 de junio. Desde esa fecha, las entidades cuentan con cinco días hábiles para presentar un recurso de reposición ante la CMF o diez días hábiles para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago en caso de impugnar las sanciones.
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