Tribunal de Temuco condena a Pelentaro Llaitul y otros cuatro integrantes de la CAM
Los comuneros fueron declarados culpables de los delitos de incendio, hurto y secuestro por hechos ocurridos en 2022, mientras que la lectura de la sentencia quedó fijada para el 13 de julio.

Agencia Uno
Una resolución unánime dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco marcó el cierre de una etapa procesal clave en la macrozona sur. El tribunal emitió un veredicto condenatorio en contra de cinco integrantes de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), declarándolos culpables de los delitos de incendio reiterado, hurto de camioneta, secuestro simple y un segundo delito de hurto por hechos violentos cometidos el 22 de noviembre de 2022 en la Región de La Araucanía.
Los comuneros que enfrentaron el dictamen condenatorio principal son Pelentaro Llaitul, Luis Menares, Juan Mardones, Luis Fuenzalida y Jorge Caniupil. Cabe destacar que Pelentaro Llaitul es hijo de Héctor Llaitul, histórico exvocero de la CAM quien ya cumple condena por delitos de la Ley de Seguridad del Estado. Asimismo, el tribunal sumó una condena adicional por porte ilegal de municiones en contra del propio Pelentaro Llaitul y de Juan Mardones.
Ropajes y especies sustraídas: Las pruebas de la condena
Para arribar a la convicción de culpabilidad, los magistrados se basaron en un minucioso cotejo de las pruebas situacionales. La resolución judicial detalló que se logró acreditar la participación de los delincuentes al cruzar las vestimentas que describieron las víctimas con la ropa exacta que portaban los imputados al momento de ser capturados en una quebrada colindante, lugar donde previamente habían incendiado una camioneta.
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A este cruce de vestuario se sumó el hallazgo en el mismo sitio del suceso de diversas especies de valor que habían sido sustraídas desde una parcela y armas de fuego que coincidían con las observadas por los testigos en un predio atacado, lo que otorgó el sustento legal suficiente para validar las condenas por robo y secuestro.
Absolución por armas ante posible “contaminación” de muestras
En la otra vereda del fallo, el Tribunal de Temuco decretó la absolución de los cinco comuneros respecto de los cargos de porte ilegal de arma de fuego convencional, porte de arma prohibida y disparos injustificados, debido a que la fiscalía no logró alcanzar el estándar probatorio legal que exige la ley.
Los jueces argumentaron que, si bien se demostró que en el lugar se usaron armas, es imposible determinar con exactitud jurídica a qué imputado correspondía cada conducta individual. Respecto a los peritajes químicos que hallaron trazas de pólvora en las manos de algunos comuneros, el tribunal sembró dudas legítimas debido al masivo operativo de captura: las grabaciones del arresto mostraron a un contingente importante de policías y militares portando y usando armamento de servicio en el mismo perímetro, por lo que el dictamen no pudo descartar una contaminación cruzada de las muestras.
Al existir “meras sospechas” pero ninguna certeza indubitable, la justicia aplicó el principio de inocencia en este apartado. La audiencia de lectura de sentencia —que será redactada de forma oficial por el juez Wilfred Ziehlmann y donde se conocerán los años de cárcel efectivos— quedó programada para las 13:00 horas del próximo lunes 13 de julio.
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