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Alcaldes proponen nueva alternativa al pago de contibuciones por adultos mayores: estos serían los beneficiados

En las propiedades que tengan un avalúo fiscal de 6.131 UF (unos $250 millones) el pago no se elimina, sino que se difiere.

Alcaldes proponen nueva alternativa al pago de contibuciones por adultos mayores: estos serían los beneficiados

Alcaldes proponen nueva alternativa al pago de contibuciones por adultos mayores: estos serían los beneficiados / Pablo Ovalle Isasmendi

Este lunes, los alcaldes de Asociación Chilena de Municipalidades presentaron una propuesta sobre la exención del pago de contribuciones a los adultos mayores.

“La sostenibilidad financiera del sistema municipal y el resguardo de su autonomía constitucional son condiciones indispensables para que los municipios puedan continuar prestando servicios esenciales a sus comunidades”, se lee en el documento de la ACHM, que reúne a 346 municipalidades.

La propuesta busca proteger a personas mayores respecto de la carga económica que representa el Impuesto Territorial sobre su vivienda principal, especialmente cuando dicho tributo pueda afectar su permanencia en su residencia habitual.

Requisitos y beneficios

Los requisitos generales del beneficiario: debe ser mayor de 65 años, ser propietario, comunero, usufructuario o titular de un derecho real de uso o habitación respecto del inmueble y que el inmueble constituya su vivienda principal.

El beneficio aplicable se determinará de acuerdo con los ingresos del contribuyente, conforme a la siguiente escala:

a) Los contribuyentes con ingresos inferiores a 20,9 UTA (1,5 millones de pesos al mes) estarán exentos del 100% del Impuesto Territorial que grave su vivienda principal.

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b) Los contribuyentes con ingresos iguales o superiores a 20,9 UTA e inferiores a 41,9 UTA (entre 1,5 y 3 millones de pesos) tendrán derecho a una rebaja equivalente al 50% por ciento del Impuesto Territorial.

c) Los contribuyentes con ingresos iguales o superiores a 41,9 UTA (sobre 3 millones de pesos) quedarán sujetos al régimen general del Impuesto Territorial, sin derecho a exención o rebaja alguna.

Además, aquellos eximidos de pagar que tengan propiedades por sobre un avalúo fiscal de 6.131 UF (unos $250 millones) el pago no se elimina, sino que se difiere al momento de la venta del inmueble o herencia.

El beneficio se aplicará a una sola vivienda principal en todo el país. La propuesta de los jefes comunales:

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