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“Memorando de Islamabad” | Estados Unidos publica el texto oficial del pacto con Irán: estos son los 14 puntos acordados

El documento oficial da un plazo de 30 días para levantar los bloqueos navales y fija compromisos para garantizar el paso seguro de buques comerciales y crea un fondo de US$300.000 millones.

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Getty Images / Artindo

El Gobierno de Estados Unidos publicó este miércoles el texto oficial del memorando de entendimiento alcanzado durante el fin de semana con la República Islámica de Irán, terminando con las protestas ciudadanas y diplomáticas que exigían la transparencia del documento. Un alto funcionario de la administración estadounidense fue el encargado de leer íntegramente el pliego titulado “Memorando de Entendimiento de Islamabad entre Estados Unidos y la República Islámica de Irán”, el cual consta de 14 puntos específicos que regulan la agenda de paz y congelan las hostilidades antes de la firma formal programada para este viernes.

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El instrumento de contingencia busca trazar un itinerario de normalización institucional en el Golfo Pérsico, abriendo una ventana de 60 días para negociar los términos finales de un acuerdo definitivo. De acuerdo con las autoridades norteamericanas, el espíritu del pacto radica en asegurar la apertura inmediata del Estrecho de Ormuz y comprometer a Teherán en la neutralización de sus componentes atómicos.

“Si los iraníes mejoran su comportamiento, nosotros respondemos aumentando el tipo de alivio económico y de sanciones que puede convertirlos en un país más próspero”, detalló la jefatura gubernamental tras validar que el texto oficial posee amplias similitudes con los borradores difundidos previamente por la prensa internacional.

Detalle de los 14 Puntos del Acuerdo

A continuación, se desglosa el contenido técnico del articulado oficial acordado de buena fe entre Estados Unidos y la República Islámica de Irán:

  • 1. Término de operaciones militares: Establece el cese inmediato y permanente de las acciones de guerra en todos los frentes, incorporando explícitamente al territorio del Líbano. Las partes se comprometen a no iniciar nuevas operaciones, abstenerse de formular amenazas de fuerza y garantizar de manera estricta la integridad territorial y soberanía libanesa.
  • 2. Respeto mutuo a la soberanía: Ambas naciones firman el compromiso de respetar la delimitación territorial de su contraparte y se obligan a omitir cualquier tipo de interferencia o injerencia en los asuntos de política interna del otro Estado.
  • 3. Plazo de negociación: Fija un marco temporal máximo de 60 días corridos para redactar, consensuar y suscribir el tratado de paz definitivo, tramo que podrá ser prorrogado únicamente mediante el mutuo acuerdo de las delegaciones.
  • 4. Fin del bloqueo naval norteamericano: Mandata a Estados Unidos a iniciar el levantamiento inmediato de los cercos marítimos y perturbaciones contra Irán, debiendo suprimir los obstáculos por completo en un plazo de 30 días. En ese lapso, el tráfico naviero retornará a los niveles proporcionales previos a la guerra y Washington retirará sus fuerzas de las proximidades iraníes 30 días después del acuerdo final.
  • 5. Paso seguro en Ormuz y desminado: Obliga a Irán a garantizar el libre tránsito de buques comerciales desde el Golfo Pérsico hasta el Mar de Omán por 60 días. La reanudación del tráfico es inmediata, fijándose 30 días de plazo para que las fuerzas iraníes ejecuten las tareas de desminado y remoción de obstáculos militares. Asimismo, Teherán consultará con el Sultanato de Omán y estados ribereños la futura administración del Estrecho de Ormuz.
  • 6. Fondo millonario de reconstrucción: Estados Unidos se compromete a elaborar, junto a socios de la región, un plan definitivo de desarrollo económico para Irán con un presupuesto mínimo de US$ 300.000 millones. La Casa Blanca otorgará de forma expedita las licencias, exenciones y permisos financieros para viabilizar las transacciones del fondo.
  • 7. Desmantelamiento del régimen de sanciones: Washington asume la obligación de poner fin a la totalidad de las restricciones impuestas contra Irán, incluyendo las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, la Junta de Gobernadores del OIEA y las sanciones unilaterales norteamericanas de carácter primario y secundario, bajo un calendario que se definirá en el cierre de las negociaciones.
  • 8. Compromiso nuclear y supervisión del OIEA: Irán reafirma la renuncia a adquirir o fabricar armas atómicas. El arsenal de material enriquecido existente se someterá a un mecanismo de desnaturalización in situ bajo estricta supervisión del OIEA. Las partes abren el debate para evaluar las futuras necesidades atómicas de uso pacífico de la República Islámica en el texto final.
  • 9. Mantenimiento del statu quo: Durante el periodo interino de conversaciones, las potencias congelarán sus posiciones. Irán mantendrá sin variaciones el estado actual de sus plantas de desarrollo nuclear y Estados Unidos se inhibirá de dictar nuevas penalizaciones económicas o desplegar contingentes militares adicionales en la zona de conflicto.
  • 10. Exenciones automáticas al crudo: De forma inmediata tras la firma del memorando, el Departamento del Tesoro de EE.UU. emitirá exenciones legales que validen la libre exportación de petróleo crudo iraní, sus derivados y los servicios asociados de transporte, seguros y operaciones bancarias.
  • 11. Liberación de activos congelados: Estados Unidos se obliga a desbloquear y poner a disposición del Gobierno iraní la totalidad de los fondos y activos financieros que permanecían retenidos en el exterior. Las transferencias de capital se liquidarán de forma directa a los beneficiarios finales que determine el Banco Central de Irán.
  • 12. Comisión ejecutiva de supervisión: Establece de mutuo acuerdo la fundación de un mecanismo técnico de carácter ejecutivo que tendrá la misión específica de auditar e inspeccionar la correcta aplicación de las cláusulas del memorando y el cumplimiento del futuro tratado de paz.
  • 13. Metodología de las mesas técnicas: Dispone que una vez que se verifique el inicio de la implementación práctica de los ítems de seguridad y finanzas más urgentes —correspondientes a los párrafos 1, 4, 5, 10 y 11— las delegaciones concentrarán las mesas de diálogo de forma exclusiva sobre las materias de los incisos restantes.
  • 14. Ratificación internacional vinculante: El punto de clausura determina de manera taxativa que el acuerdo de paz final alcanzado por las partes deberá ser ratificado e internacionalizado mediante el dictamen de una resolución de carácter vinculante emanada del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

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