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Activos en el extranjero: la obligación tributaria que podría costarte multas si no declaras a tiempo

Desde una plataforma advirtieron sobre los errores frecuentes entre inversionistas chilenos con activos fuera del país. Abril y junio traen plazos clave ante el SII.

Activos en el extranjero: la obligación tributaria que podría costarte multas si no declaras a tiempo

El aumento de las inversiones de chilenos en mercados internacionales abrió nuevas oportunidades de rentabilidad, pero también encendió una alerta tributaria.

De cara al Año Tributario 2026, Zesty advirtió que todavía hay personas que desconocen sus deberes ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), una omisión que podría derivar en multas, recargos o fiscalizaciones.

Desde la plataforma remarcaron que el problema no pasa solo por la falta de información, sino también por asumir erróneamente que, si no hubo retiros o ganancias, no corresponde declarar.

En ese contexto, David Cosoi, CEO de la firma, fue enfático: “Declarar las inversiones en el extranjero no es opcional. Es una obligación legal que, si se ignora, puede generar complicaciones innecesarias con el SII”.

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Además, recordó que Chile mantiene acuerdos de intercambio de información tributaria con varias jurisdicciones, lo que vuelve detectable este tipo de omisiones.

Los dos trámites clave que deben revisar quienes invierten fuera de Chile

Según explicó Zesty, quienes hayan tenido inversiones en el extranjero durante el año comercial anterior deben cumplir con dos pasos principales. El primero es el Formulario 22, correspondiente a la declaración anual de renta, cuyo plazo vence el 30 de abril.

El segundo es la Declaración Jurada 1929, que se extiende hasta el 30 de junio y detalla inversiones, dividendos, ganancias de capital y entidades extranjeras involucradas.

Uno de los puntos que más confusión genera es que esta obligación se mantiene incluso cuando no hubo retiros de fondos ni utilidades. Sobre eso, Cosoi advirtió: “Uno de los errores más comunes es asumir que si no hubo retiros o utilidades, no hay nada que declarar. La DJ 1929 debe presentarse igual para informar el estado de las inversiones”.

Otro aspecto sensible tiene que ver con la responsabilidad del proceso. La empresa explicó que no todas las plataformas operan bajo el mismo modelo y que, en muchos casos, la carga recae directamente en el inversionista. “Antes de asumir que tu plataforma se encarga de todo, es clave entender qué parte del proceso es automática y cuál depende de ti”, sostuvo el ejecutivo.

Junto con advertir sobre sanciones, la firma insistió en la necesidad de fortalecer la educación financiera y tributaria. A su juicio, invertir fuera de Chile ya no solo exige mirar rentabilidad, sino también cumplir a tiempo con obligaciones que muchos todavía pasan por alto.

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