Cámara aprueba proyecto contra carreras clandestinas: conoce las multas y penas de cárcel que propone
El texto define qué se considera una maniobra peligrosa y endurece las sanciones si ocurren cerca de colegios o centros de salud.
Un paso decisivo para la seguridad vial dio la Cámara de Diputadas y Diputados al aprobar, por unanimidad, el proyecto de ley que tipifica y endurece las sanciones contra la conducción temeraria y las carreras no autorizadas. La iniciativa (boletín 17702), que ahora deberá enfrentar su segundo trámite legislativo en el Senado, busca poner fin a la impunidad en las calles sancionando no solo el exceso de velocidad concertado, sino también maniobras de alto riesgo como “trompos”, derrapes y destrezas imprudentes.
El texto legal define explícitamente como delito la participación en competencias de velocidad sin permiso de la autoridad competente, abarcando cualquier desplazamiento simultáneo o sucesivo que ponga en peligro la vida de terceros. La normativa apunta a un espectro amplio: desde el conductor irresponsable hasta quien facilita el automóvil.
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Según detalla el documento despachado por la Cámara Baja, las sanciones propuestas marcan un endurecimiento significativo respecto a la legislación actual. Quien sea sorprendido participando en estas actividades —incluso si no causa daños— arriesga una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años) y multas que pueden llegar a las 10 UTM (cerca de $700.000).
Penas de cárcel efectiva y comiso de vehículos
El escenario judicial se vuelve mucho más complejo si estas conductas temerarias provocan consecuencias físicas. De acuerdo a la moción parlamentaria, si se causan lesiones graves, la pena de cárcel se eleva hasta los 5 años. Sin embargo, la sanción más drástica se reserva para los casos con resultado de muerte: los responsables enfrentarán penas de presidio mayor en su grado mínimo, es decir, entre 5 y 10 años de cárcel.
Además de la privación de libertad, la nueva normativa ataca el patrimonio y los derechos de los infractores. En casos de lesiones gravísimas o muerte, se aplicará el comiso del vehículo involucrado, multas de hasta 50 UTM (aproximadamente $3,5 millones) y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados.
Ojo con los organizadores y zonas escolares
La ley también cierra el cerco sobre los promotores de estos eventos. Quienes organicen carreras clandestinas o faciliten sus vehículos para ellas recibirán penas de presidio y fuertes multas.
Asimismo, el proyecto establece agravantes específicas: las sanciones serán mayores si las maniobras se ejecutan en las inmediaciones de establecimientos educacionales, centros de salud o zonas urbanas de alta afluencia. Para garantizar la fiscalización, el texto faculta al Ministerio de Transportes para utilizar los dispositivos del sistema CATI en autopistas y caminos concesionados, permitiendo la detección automatizada de estas infracciones.