Gobierno endurece normas para frenar servicios ilegales de transporte en aeropuertos: con multas hasta 200 UTM
La nueva ley permite retirar vehículos y establece counters obligatorios para contratar viajes antes de salir del terminal.
Foto referencial.
Durante este lunes, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones informó la promulgación y entrada en vigencia de la ley que endurece multas y refuerza las sanciones para quienes ofrezcan servicios informales de transporte en aeropuertos del país.
Este proyecto había sido enviado al Congreso en mayo de 2025 con un objetivo: sancionar con mayor fuerza el transporte ilegal que opera principalmente en zonas de alto flujo turístico. Según el Gobierno, se trata de un problema recurrente en terminales aéreos y terrestres, donde se ofrecen viajes sin autorización ni estándares de seguridad.
Junto con las sanciones, la ley incorpora una nueva obligación: todos los terminales deberán contar con counters oficiales para contratar viajes dentro del recinto antes de salir. Con eso se busca terminar con el “voceo” y las ofertas informales que, según el MTT, generan fraudes y ponen en riesgo especialmente a turistas.
Más información
La medida se suma a la implementación del Validador Operacional de Transporte (VOT), una herramienta que permite calcular el valor real de un viaje en taxi y que ha sido usada por cerca de 17 mil pasajeros en Nuevo Pudahuel. Ambas acciones, explicaron, apuntan a reforzar la seguridad en el principal acceso aéreo al país.
En cuanto a los servicios de taxi, el MTT recordó que los fiscalizadores pueden revisar documentación del vehículo, permisos del conductor y el taxímetro. En caso de adulterar el taxímetro, la falta es catalogada como grave y considera multas entre 1 y 1,5 UTM, además del riesgo de rechazo en la revisión técnica y eventual pérdida del cupo si existe reincidencia.
¿Cuánto es el valor de la multa?
La ley introduce un nuevo rango de multas que va desde 5 hasta 200 UTM, dependiendo de la falta y de si existe reincidencia. Los dueños de vehículos que realicen transporte informal arriesgan hasta 100 UTM, cifra que aumenta a 200 UTM en caso de repetir la infracción. Para los conductores de autos no habilitados, las sanciones van entre 5 y 50 UTM, y pueden escalar a 10 y 100 UTM si ya habían sido sancionados previamente.
La norma también apunta a quienes ofrecen o intermedian estos servicios dentro de aeropuertos, terminales de buses y estaciones ferroviarias. En esos casos, las multas fluctúan entre 5 y 50 UTM. Incluso los pasajeros que contraten un viaje ilegal a sabiendas podrán ser multados entre 1 y 3 UTM.