• 21 MAR 2026

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Comienza la fiscalización de scooters eléctricos en la Región Metropolitana: el límite permitido será 25 km/h

El proceso comenzará con una marcha blanca y posteriormente se impartirán multas económicas y posibilidad de retirar vehículos.

Agencia Uno - Referencial / Diego Martin

El Ministerio de Transportes ha comenzado a implementar la fiscalización de velocidad de scooters eléctricos en la Región Metropolitana, con la finalidad de controlar que no excedan el límite máximo legal de 25 km/h.

Para ello, se utiliza un dispositivo tecnológico desarrollado por Inacap, denominado SC-25, que permite detectar si los vehículos están alterados para superar esta velocidad.

Esta medida busca mejorar la seguridad vial y se inicia con una etapa de marcha blanca durante noviembre y diciembre de 2025, período en el cual no se aplicarán multas, sino que se realizarán operativos educativos.

A partir de enero de 2026, la fiscalización será oficial y quienes transgredan esta norma podrán ser sancionados con multas que van de 0,5 a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM), equivalentes a entre $34.771 y $69.542, además del retiro del dispositivo alterado.

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El ministro, Juan Carlos Muñoz, hizo hincapié en que “no queremos multar, queremos educar”, destacando que el SC-25 emula una tecnología utilizada en España y que el objetivo es fomentar una conducción segura de estos vehículos eléctricos.

La fiscalización se concentra inicialmente en comunas con alta circulación de scooters, como Las Condes, La Reina, Vitacura, Providencia, Ñuñoa y Santiago Centro, con posibilidad de extenderse a otras regiones según los resultados de los operativos.

Se destaca que, por ley, los scooters con capacidad para superar los 25 km/h dejan de ser considerados biciclos y pasan a clasificarse como vehículos motorizados fuera de norma, lo cual implica sanciones específicas.

Además, muchas unidades usadas por empresas de arriendo, como Whoosh, Lime y Jet, están diseñadas para respetar el límite de velocidad, pero en caso de detectarse dispositivos alterados en su flota, la multa será para la empresa responsable, y el dispositivo será retirado de circulación, aunque este retiro solo puede ser ejecutado por Carabineros y no por los fiscalizadores del Ministerio de Transportes.

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