• 19 DIC 2025

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¿Qué pasará con el resto? Confirman condena judicial a exfuncionario de Maipú que se tomó licencia médica para irse de vacaciones

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que Germán Arce viajó a Bariloche mientras cobraba su sueldo completo.

Abuso de licencias médicas / Cristofer Devia/ Uno noticias

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Germán Lino Arce Meneses, exdirector de Obras de la Municipalidad de Maipú, confirmando así su condena por fraude y obtención indebida de una licencia médica.

Según el fallo, el exfuncionario municipal fue sentenciado a dos penas de 60 días de presidio, el pago de dos multas de 35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) cada una (unos $2.412.305 por cada una) y la suspensión de cargos públicos mientras dure la condena.

Los delitos se configuraron cuando, en noviembre de 2018, obtuvo una licencia por presunto síndrome adaptativo, mientras en realidad se encontraba de viaje recreativo por el sur de Chile y Bariloche, Argentina.

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El tribunal estableció que Arce planificó el viaje con meses de anticipación y engañó deliberadamente a la doctora que emitió la licencia. La condena precisó que se utilizó esta licencia para cobrar remuneraciones completas, lo que causó un perjuicio económico al municipio.

¿Qué dijo la defensa?

La defensa alegó que la sentencia incurrió en una errónea aplicación del derecho al no acreditar con claridad el engaño o dolo, argumentando que el fallo no describía de forma suficiente los elementos del delito.

No obstante, la Corte desestimó esos planteamientos, afirmando que el dolo quedó demostrado mediante presunciones y pruebas, entre ellas correos electrónicos, reservas de hotel y pasajes que evidenciaban que la ausencia fue planificada.

El fallo recalcó que el dolo no es un hecho aislado que deba consignarse en la descripción fáctica, sino que corresponde a un elemento subjetivo inferido de la conducta probada. Además, destacó que el fraude consistió en presentar síntomas falsos para obtener un beneficio económico al que no tenía derecho.

Con esta decisión, adoptada de manera unánime por la Novena Sala del tribunal de alzada, la condena quedó firme y ejecutoriada.

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