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Más allá de las 50 transferencias: los otros montos y movimientos que informan los bancos al SII en Chile

Antes de la Ley de Cumplimiento Tributario, en 2022 se estableció otra regla.

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Más allá de las 50 transferencias: los otros montos y movimientos que informan los bancos al SII en Chile

Una de las reglas que más ha llamado la atención de la Ley de Cumplimiento Tributario en Chile es el “límite de 50 transferencias”.

En términos simples, esta regla establece que los bancos deberán informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre quienes reciban 50 o más transferencias de personas distintas dentro de un mismo día, semana o mes.

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Así, la información será entregada de forma semestral por las instituciones, con el objetivo de focalizar correctamente las acciones de fiscalización. Posteriormente, y en un plazo de tres años, los datos deberán ser eliminados de los sistemas.

El primer informe será entregado en julio de este 2025, y tendrá en cuenta los movimientos realizados entre el 1 de enero y el 30 de junio del mismo año.

Eso sí, previo a la actualización antes detallada existe otra ley, publicada en el año 2022, que también apunta a la obligación de reportar saldos.

Más allá de las 50 transferencias: la otra ley que supervisa montos y movimientos de dinero

Nacida en junio de 2022, la Ley 21.453 modificó aspectos del Código Tributario. Ahí se estableció que empresas financieras tendrán que informar al SII una serie de situaciones.

En detalle, se habla de saldos o sumas de abonos “únicamente” cuando sea que, de forma individual o en conjunto, se registre un monto diario, semanal, o mensual igual o superior a las 1.500 Unidades de Fomento (UF).

Esto último se aplicará sin considerar el número de titulares involucrados y abarcará tanto a personas naturales, en su calidad de clientes de un banco, como a personas jurídicas, incluidas empresas y “patrimonios de afectación”, con domicilio o residencia en Chile.

Esto aplica a cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vistas y cuentas a la vista.

A la vez, se deja fuera a cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile.

Las instituciones que deben reportar incluyen a bancos y cooperativas de ahorro y crédito sujetos a fiscalización por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), entre otras.

La información es enviada de forma anual, a más tardar dentro de los 15 primeros días del mes de marzo. El documento incluye detalles de saldos y sumas de abonos durante el año calendario anterior.

En tanto, las instituciones están obligadas a informar a las personas cuyos datos serán remitidos al SII.

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