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CEO de KAME ERP profundizó sobre la Operación Renta 2024 y algunos puntos a tener en cuenta

Se acerca el momento de declarar y, tanto personas naturales como empresas deben cumplir con su deber tributario. Conoce detalles y consejos aquí.

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Víctor Jiménez

Víctor Jiménez

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En otro capítulo de Tu Nuevo ADN, Andrea Obaid conversó con Víctor Jiménez, fundador de KAME ERP, para analizar algunos aspectos claves a tener en cuenta sobre la operación renta que ya comenzó para este año.

Bajo este contexto, lo primero que declaró el invitado es que se trata de un “proceso que afecta a todos, personas y empresas”, por lo que cada quien corresponda deberá cumplir con las exigencias tributarias de gastos e ingresos.

Respecto al caso de los empresas, “tienen que completar una serie de obligaciones tributarias que parten desde las declaraciones juradas (...) este proceso parte con las declaraciones juradas en marzo y ya en abril se presenta la declaración de renta de las personas, el famoso formulario 22″.

En cuanto a la tramitación que se debe hacer, aquellos que tienen solo una fuente de ingresos ingreso “tienen el trabajo fácil; es aceptar la propuesta que entrega el Servicio de Impuestos Internos”.

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“Pero si ya pasamos al mundo de las empresas, también a personas que tiene más de una fuente de ingresos, ahí ya se torna un poco más complejo el proceso”, puntualizó, recomendando la asesoría de contadores y especialistas.

Por otra parte, y también a modo de consejo, señaló: “Finaliza marzo el 31 y ya el día 1 -de abril- las personas quieren ir corriendo a presentar su declaración (...) yo aconsejaría siempre esperar un poco en abril para que el Servicio tenga tiempo de procesar toda esa información y que las declaraciones juradas de las empresas salgan aprobadas”

“Porque si una declaración de una empresa está observada, eso decanta en problemas tanto para la renta de la empresa como para la renta de las personas”, justificó sobre los tiempos de espera recomendada.

“Yo hablaría de dos periodos: El primer periodo que va del 1 al 31 de marzo, las declaraciones juradas (...) después pasa a abril, donde se presenta el F22 y tienes del 1 al 30 para todos aquellos que tienen que pagar impuestos; del 1 al 10 de mayo, para todos aquellos que están pidiendo devolución de impuestos”, complementó.

Puntos a considerar

Jiménez hizo hincapié en que se pueden cursar ciertas multas en diferentes casos dentro de los cuales no se cumpla con las fechas establecidas. Esto, tanto para personas naturales como para empresas.

Las multas se aplican por -estar- fuera de plazo. Ahí la invitación es a revisar el calendario tributario. No corran ese riesgo innecesario, porque muchas veces tienes la información, pero si te atrasas un día, terminas pagando una multa”, comentó.

Bajo la misma línea, el especialista reiteró el llamado al asesoramiento, principalmente porque “se van realizando modificaciones de forma permanente”.

“Este año, la más fuerte fue la modificación a la declaración de sueldo. Se tiene que comenzar a informar todo el tema de la jornada laborales producto de esta Ley de las 40 horas que se aprobó”, sostiene.

“Las empresas que no informen ese dato, por mucho que hayan estado dentro del plazo, igual van a estar cayendo en una falta porque está incompleta la información que están subiendo”, precisó.

¿Y la jubilación o pensiones?

El contador también explicó lo que sucede con los pensionados y jubilados, que perciben ingresos de dichas fuentes y también deberían ser considerados para la Operación Renta.

La jubilación es renta. Suma al global complementario, así que sí tienes que presentar tu declaración anual”, aclaró Víctor Jiménez despejando dudas en torno a estos montos recibidos.

Recuerda que puedes conocer más detalles y revisar cada proceso en el sitio web oficial de SII. Asimismo, el llamado es a estar siempre asesorado por un profesional.

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