Subsidio de Vivienda DS49: hasta cuándo tengo plazo para postular y cuál es el monto máximo que puedo recibir
El beneficio está destinado a familias sin vivienda que puedan comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a alguna de las iniciativas de proyectos habitacionales.

Un llamado especial realizó el Minvu para todas aquellas familias que quieran optar al subsidio de vivienda DS49.
El beneficio permite que estas personas puedan comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a alguna de las iniciativas de proyectos habitacionales según cada región.
¿Cuál es el monto máximo que puedo recibir?
Este aporte del Estado está compuesto por un subsidio base de 314 UF (un poco más de $11 millones), y que puede llegar a un tope máximo de 950 UF (cerca de $34 millones).
¿Hasta cuándo hay plazo para postular?
A esta ayuda pueden optar todos y todas quienes cuenten con calificación hasta los días 6 de abril, 18 de mayo, 20 de julio, 21 de septiembre y 16 de noviembre.
Requisitos de postulación
- 10 Unidades de Fomento mínimo, para postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable.
- 15 Unidades de Fomento para postulantes ubicados sobre el 40 y hasta el 90% de la población más vulnerable.
- A lo menos el 70% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población.
- Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población.
Cómo postular al subsidio de vivienda DS49
- Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes, donde, al menos, el 70% de los integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población.
- El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
- La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
- El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.
- Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU, pueden participar en la selección que se dispone con este Llamado.
- Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.
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